TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 13 de junio 2016
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas ALIRIO ELEAZAR TERRELLERÍA AZUAJE, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliado en la calle Principal Los Ureros, sector Taparito Aroa municipio Bolívar del Estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº V-7.909.034 y WILLIAM ANTONIO PINTO VILLAMEDIANA, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, domiciliado en la calle Principal Los Ureros, sector Taparito Aroa municipio Bolívar del Estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº V-7.518.451; este Tribunal Primero de Primera Instancia Agrario de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano LUIS ALFONSO NAVARRO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.459.387, de este domicilio, debidamente asistido por el abogado en ejercicio LUIS EDMUNDO SERRANO OVIEDO; inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 221.009, sobre las bienhechurías ampliamente descritas en el escrito de solicitud, construidas en un lote de terreno ubicado en el Caserío “Los Ureros. Parcela 2, Fundo la Esperanza, Municipio Bolívar del estado Yaracuy, cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Parcela del Sr. Antonio Navarro; SUR: Parcela del Sr. Jesús Hernández; ESTE: Parcela del Sr. Antonio Navarro; y OESTE: Parcela de la Sra. Amada Navarro. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante, antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ SUPLENTE,
ABG. RAMSES ALBERTO OCHOA. EL SECRETARIO,
Abg. CARLOS MÚJICA.
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de siete (07) folios útiles.
EL SECRETARIO,
Abg. CARLOS MÚJICA.
RAO/CM/ms.-
Sol.- N° S-0740-2016.
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