REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA






JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 27 de Junio del 2.016.
Años: 206° y 157°


Vista la solicitud formulada al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de las testigos juradas ciudadanas: ANA GREGORIA ESPINOZA CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-7.919.159 y domiciliada en la calle 01 entre avenidas Sucre y Páez, casa Nº 6-9, del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, y CARMEN VIRGINIA SEQUERA ALBARRAN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-12.728.333 y domiciliada en la avenida Páez entre calles 01 y 02, casa s/n, del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de los ciudadanos CLAUDIA ALEXANDRA HERNÁNDEZ RAMÍREZ, ALEJANDRO EMMANUEL HERNÁNDEZ RAMÍREZ, ANTONIO JOSÉ HERNÁNDEZ RAMÍREZ, GABRIELA DE LA TRINIDAD HERNÁNDEZ RAMÍREZ y MANUEL ALEJANDRO HERNÁNDEZ RAMÍREZ, todos venezolanos, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.858.384, V-12.081.435, V-14.337.764, V-16.824.295 y V-19.455.040 respectivamente, sobre las bienhechurías, cuyas medidas y demás determinaciones constan en la solicitud que encabezan las presentes actuaciones; sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.

LA JUEZ,

ABG. JOISIE JANDUME JAMES PERAZA.
LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.

En la misma fecha de hoy, y tal como fue ordenado se devuelve constante de sus folios útiles.

LA SECRETARIA,

ABG. CELSA L. GONZÁLEZ A.