REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 13 de junio de 2016
Años: 206º y 157º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de los testigos hábiles presentados por la parte interesada, las ciudadanas SILENIA MARIZOL PEÑA DE LA GAMMA, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, casada, domiciliada en la urbanización Altos del Yurubí, calle Principal de San Miguel, avenida Alberto Ravell, casa N° 208, municipio Independencia, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 7.554.689, y ALICIA MIREYA HERNÁNDEZ DE JORDAN, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, casada, domiciliada en la urbanización Altos del Yurubí, casa N° 211, calle Principal de San Miguel, avenida Alberto Ravell, municipio Independencia, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 8.590.094, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del ciudadano JUAN BAUTISTA BORRERO PINEDA, quién era venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, casado, domiciliado en la ciudad de San Felipe del estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad Nº 1.523.310; suficientes para asegurarle el derecho, que le corresponde a la ciudadana MARÍA RESURRECCIÓN VELAZCO DE BORRERO, venezolana, mayor de edad, hábil en derecho, viuda; y titular de la cédula de identidad N° 4.447.464, asistida la solicitante, antes mencionada e identificada, por el abogado JOSÉ RAFAEL CERESINI MAGALLANES, inscrito en el Inpreabogado con la matrícula N° 92.452. Quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvanse a la solicitante, las presentes actuaciones que forman el expediente Nº 3.107-16 y déjese copia certificada en el archivo del tribunal.
El Juez,
Abg. Raimond M. Gutiérrez M.
La…
…Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de dieciséis (16) folios útiles.
La Secretaria,
Abg. Andreina J. Rodríguez R.
Exp. N° 3.107-16/RMGM/AJRR/myro.
SENTENCIA NUMERO: 2.241-16
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