REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 13 de Junio de 2016
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, las ciudadanas: NANYI SILENA GODOY MOGOLLON , venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.594.289 y domiciliada en La Avenida 7 Esquina Calle 7, la Peñita, de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del estado Yaracuy y OMAIRA ROSA LOPEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.578.040 y domiciliada en la Comunidad de Poa Poa Calle Principal Parroquia Campo Elías, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano MIGUEL ANGEL TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.388.739, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un Área de terreno Nacional , Propiedad del Instituto Nacional de Tierras (I.NT.I) que tiene una superficie de TRECIENTOS CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS (351,50 MTS2), en un área de construcción de TRECIENTOS OCHENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CUERENTA CENTIMETROS (381,40 MTS2), Avenida 2 Entre Calles 3 y 4, Comunidad, la Libertad Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (1) casa, construida con paredes de bloques, techo de Platabanda, piso de cerámica friso-liso, estructura de columnas y vigas de concreto, distribuida de la siguiente manera: Tres (3) Habitaciones con puertas estambradas, sala, cocina-comedor empotrados con cerámica, Un (1) Baño con acabado de cerámica, Un (1) Lavadero, Un (1) Garaje de bloques de cementó, techo de laminas de acerolit, estructura, paredes de bloques, con capacidad para tres (3) carros, un local comercial al frente; puertas de hierro y vidrio, y un portón de laminas de hierro, con instalaciones eléctricas, tubería de aguas blancas y algunas mejoras en la construcción. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 2 su frente, en 14,05 m. SUR: Casa que es o Fue de Ana María Tovar, en 14,80 m; ESTE: Casa que es o fue de Rafael Arias en 24,10 m; OESTE: Casa que Es o Fue de Juan Alvarado en 24,65 m; según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 – U01– 110 – 08 – 05, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 20 de Abril del año 2015. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4093/2016.-

El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario Temporal,
Abg. Edwin Godoy

Yc.-