REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, 1° de marzo de 2016
Años: 205º y 157º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ELÍAS MIGUEL TUTUNGI URIARTE, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la urbanización Manuel Cedeño, avenida 10, casa N° 16, municipio Independencia, estado Yaracuy, y titular de la cédula de identidad Nº 10.374.904 y FRANCÍSCO JAVIER RODRÍGUEZ OCHOA, venezolano, mayor de edad, soltero, domiciliado en la urbanización Manuel Cedeño, avenida 6, casa N° 12, municipio Independencia, estado Yaracuy, y titular de la cédula de identidad Nº 18.546.865; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana SALLY MERCEDES PARRA PARRA, venezolana, mayor de edad, soltera, hábil en derecho, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 5.462.749; ubicada en la urbanización Manuel Cedeño, calle 3 con avenida 8, casa N° 15, municipio Independencia, estado Yaracuy, propiedad del INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (INAVI), con un área de terreno de ciento sesenta y un metros cuadrados con treinta y un centímetros cuadrados (161,31 mts2) y un área de construcción de ciento ochenta y ocho metros cuadrados con cincuenta y ocho centímetros cuadrados (188,58 mts2), en dos (2) niveles, la cual consiste en unas mejoras de bienhechurías integrada por un (1) nivel, cuyas descripciones son las siguientes, construida con paredes de bloques de concreto, con friso pulido y pintadas por ambos lados, instalaciones para los servicios de luz y energía eléctrica, aguas blancas y aguas servidas, cerca perimetral de bloques de concreto por tres (3) de sus linderos Norte, Sur y Oeste, integrados de la siguiente forma: Planta Baja: tiene un área de construcción de noventa y un metros cuadrados con sesenta y dos centímetros cuadrados (91,62 mts2), conformado por cinco (5) dormitorios todos con ventanas de tipo basculante, con sus correspondientes vidrios y puertas de madera; dos (2) de los dormitorios tienen closet, piso de granito, dos (2) salas de baños con paredes recubiertas de cerámicas con sus correspondientes accesorios (poceta, lavamanos y ducha), una (1) sala de cocina empotrada con mesón de cemento, paredes recubiertas con madera y fregadero de acero inoxidable, una (1) sala recibo, una (1) sala comedor, un (1) pasillo, puerta de entrada de madera, una (1) jardinera enrrejillada, un (1) garaje, un (1) lavadero con batea.- PRIMER NIVEL 1: tiene un área total de construcción de noventa y un metros cuadrados con noventa y seis centímetros cuadrados (91,96 mts2), conformado por tres (3) dormitorios con madera, dos (2) con piso pulido y uno (1) recubierto de cerámica y sala de baño con piso y paredes recubiertas de cerámicas con sus correspondientes accesorios (poceta, lavamanos y ducha), una (1) sala de cocina con mesón de concreto y paredes recubiertas de cerámicas, fregadero de acero inoxidable, una (1) sala de recibo, una (1) sala comedor, un (1) pasillo de seis metros (6 mts) de largo por un metro con veinte centímetros cuadrados (1.20 mts2) de ancho, una (1) sala de estar, a este primer nivel se le accede por una (1) escalera de concreto armado, recubierta de cerámicas y pasamanos de hierro, alinderado de la siguiente manera: Norte: calle 3; Sur: casa que es o fue de Carlos Rangel; Este: avenida 8; y Oeste: casa que es o fue de Amada Manrique.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
El Juez,


Abg. Raimond M. Gutiérrez M.

La Secretaria,

Abg. Andreina J. Rodríguez R.


En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de once (11) folios útiles, a la parte interesada.

La Secretaria,

Abg. Andreina J. Rodríguez R.









Solic. N° 2.908/15/RMGM/AJRR/mcsm
SENTENCIA NUMERO: 2.135-16