REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.

Chivacoa, 14 de marzo de 2016
AÑOS: 205º y 157º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos GERARDY YSABEL CORNIEL BRACAMONTE, venezolana, mayor de edad, soltera, estudiante, titular de la Cédula de Identidad Nº V-22.960.765 y domiciliada en la calles San Antonio, primera entrada casa s/n, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy y ROBINSON JOSE LOPEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-7.591.509 y domiciliado en la calles Principal, barrio San Antonio, frente a la Plaza Carmelo Fernández, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad municipal, ubicado en la calle dos (02) esquina avenida seis (06), sector La Industria, San Pablo Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, que mide aproximadamente CIENTO CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CUATRO CENTIMETROS (148,44M2), ha construido y plantado a sus solas y únicas expensas, con dinero de su peculio particular unas bienhechurías que consisten en: Una casa de habitación que mide VEINTISÉIS METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y DOS CENTIMETROS (26,42 m2), que consta de Una (01) habitación, una (01) sala-comedor, una (01) cocina, un (01) baño, tres (03) ventanas de hierro con sus protectores, dos (02) puertas de hierro, techo de platabanda, paredes de bloques frisadas, piso de cemento pulido, cercada en bloques de cemento, posee instalaciones de agua potable suministrada, instalaciones de aguas servidas e instalaciones de luz electica empotrada básica; cuyos linderos y medidas particulares son los siguientes: NORTE: Casa y solar de la señora Arelis Torrealba, con una longitud de dieciocho metros (18,00 Mts); SUR: Avenida seis (06), que mide diecisiete metros con ochenta y ocho centímetros (17,88 Mts); ESTE: Casa y solar de la señora Elizabeth Tovar, que mide ocho metros con veinticinco centímetros (08,25 Mts); y OESTE Calle dos (02) que es su frente, que mide ocho metros con treinta centímetros (08,30 Mts.); el valor invertido en la construcción de dichas bienhechurías es de SEISCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 650.000,00) aproximadamente; a favor de la ciudadana MARÍA VILLARROEL ALCALA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.407.094 y de este domicilio. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada y Notifíquese mediante oficio a la ciudadana Sindico Procurador del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy sobre el presente fallo, de conformidad con la parte in fine del Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean provistas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg. Giovanni Alfonso Ramírez Marín.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las once y treinta de la mañana (11:30 a.m) se registró y publicó la anterior decisión.
El Secretario,

Abg. Villasmil Antonio Petit

GARM/vap/ol.
N° 257/16