REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 30 de mayo de 2016
Años: 206º y 157º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, ciudadanas EGLEE LUCIA AVILA DE LEMUS, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad Nº V-6.348.455, domiciliada en la urbanización Trinidad Figueria, Albarico, final de la calle Brizon, casa Nº 12, Municipio San Felipe del estado Yaracuy; y JUAN JOSÉ ZARRAGA CHIRINOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.443.969, urbanización Trinidad Figueira, Albarico, final de la calle Brizon, casa Nº 12, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, este Juzgado Tercero de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana ALICIA MARGARITA ZARATE BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-3.410.063, asistida por el abogado JOSE GILBERTO MARTINEZ, inscrito en el Inpreabogado con el Nº 138.615; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad Municipal, que mide, en su totalidad TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (339,50 Mts2) y un área de construcción de SESENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SESENTA CENTIMETROS CUADRADOS (61,60 Mts2) con un valor aproximado de QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 500.000,00), ubicado en la urbanización Trinidad Figueira, calle Brizon, esquina calle La Manga, parroquia Albarico, Municipio San Felipe del estado Yaracuy, la cual consiste en una (1) casa de paredes de bloque, vigas de metal, techo de zinc, piso de concreto pulido; distribuida de la siguiente manera: tres (3) cuartos, una (1) sala, un (1) comedor, una (1) cocina, un (1) cuarto de depósito con techo de placa, dos (2) baños, cerramiento exterior con bloques y rejas metálicas de protección. El cual se encuentra alinderado de la siguiente manera: NORTE: calle La Manga, con 19,80 ML; SUR: casa y solar que es o fue de la familia Guedez, con 19,85 ML; ESTE: calle Brizon que es su frente, con 19,25 ML; y OESTE: casa y solar que es o fue de Juan Zarraga, con 15,00 ML. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,
Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,
Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ
Solicitud Nº 1209
TLR/ER/cmgl