REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 31 de Mayo de 2016
Años: 206º y 157º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ADELKIS JONAS GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.972.445, domiciliado en la avenida libertador entre calles 11 y 12, casa numero 75, en albarico, Municipio San Felipe del estado Yaracuy y LINA ROSA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.456.937, domiciliada en la avenida padre daboin, entre calles 10 y 11, casa numero 62, en albarico, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos BENILDE ANTONIA NOGUERA DE TOVAR, SORELIT DEL CARMEN TOVAR NOGUERA, ROSSENY SUHAIL TOVAR NOGUERA, ALFREDO ALBERTO TOVAR NOGUERA Y DAVID GABRIEL TOVAR NOGUERA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.909.804, V-17.992.412, V-16.260.592, V-17.612.128 y V-23.574.146, esposa la primera e hijos los siguientes del ciudadano ALFREDO TOVAR, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.479.352. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.

El Juez Provisorio,


Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,


Abog. ERMILA RODRIGUEZ.


En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de veintidós (22) folios útiles, a la parte interesada.

La Secretaria,


Abog. ERMILA RODRIGUEZ.

Sol. N° 1212
TLRVDD/er/mrpt