REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 30 de Mayo de 2.016
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, las ciudadanas: YAJAIRA COROMOTO MUJICA DE OROPEZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.555.083 y domiciliada en la Avenida 8 entre Calles 3 y 4, sector la Peñita de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y CARMEN ALEIDA GONZALES AREVALO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.554.830 y domiciliada en la Avenida 8 entre Calles 3 y 4, sector la Peñita de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana, ISAURA PASTORA SOSA REINOSO venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.728.456, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante dice poseer sobre un Área de terreno Municipal que mide una superficie de TRECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (350,00MTS 2), en un área de construcción de CIENTO CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON VEINTISEIS CENTIMETROS (141,26MTS 2), Avenida 8 entre 1 y 2 Comunidad La Peñita, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy; El cual realizo mejoras en la bienhechuría, las cuales consisten en: Colocación de techo de Acerolit, piso de granito y construcción de Un (1) Porche, Una (1) Sala con Una (1) Puerta de Hierro con Vidrio y protector de cabilla redonda con Dos (2) Ventanas de Aluminio con Vidrios y Protectores de Cabilla Redonda, Una (1) Cocina empotrada en cerámica con Una (1) ventana tipo protector de Cabilla redonda, Un (1) comedor, Un (1) Baño empotrado en Cerámica con Una (1) Puerta de Madera con sus servicios de agua blancas y aguas servidas y electricidad. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Solar Y Casa de Pedro Peña, en 14,00 m. SUR: Avenida 8 que es o fue su Frente, en 14,00 m; ESTE: Casa De Pastora Moyetones Antes Rosa Jiménez en 25,00 m; OESTE: Casa de Julia Jiménez en 25,00 m; según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 – U01 – 104 – 52 – 14, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 11 de Abril del año 2016. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4077/2016.-
El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario Temporal,
Abg. Edwin Godoy
Yc.-