REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 23 de Mayo de 2016
Años: 206° y 157°

Exp. Nº 2271-2016.-
(Justificativo de Únicos y Universales Herederos)

Visto el escrito que antecede suscrito por la ciudadana BLANCA AIDA RAMIREZ VASQUEZ; los documentos anexos al mismo y las de¬claraciones de los testigos jurados, ciudadanos: CARLOS AUGUSTO ALEJOS ORTIZ y RICHARD RAMON HERNANDEZ PEREZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-16.824.789 y V-16.090.188 respectivamente, este Tri¬bunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autori¬dad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que le corresponde a la ciudadana BLANCA AIDA RAMIREZ VASQUEZ venezolana, mayor de edad, con domicilio en la Carrera 06, Final Calle 05, Sector El Carabalí, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez del Estado Yaracuy, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.083.074, en su condición de madre del ciudadano: JOSE MANUEL RAMIREZ, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-20.319.155, residenciado en la Carrera 06, Final Calle 05, Sector El Carabalí, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy, fallecido el día 13-04-2016; todo ello sin perjuicio de terceros, de iguales o mejores dere¬chos. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante previa expedición de las copias certificadas requeridas por la misma. Déjese copia de esta Providencia.

La Juez Provisoria,


Abg. MARLYN EMILIA RODRIGUES PEREZ;

La Secretaria;

Abg. Yuly R. Suárez V.-


En la misma fecha se devuelve constante de DOCE (12) folios útiles.

La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.



La suscrita Secretaria del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio 12 del expediente distinguido con el Nº 2271-2016. Urachiche, 23 de Mayo de 2016.-
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V














MERP/gcps.-