REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 31 de Mayo de 2016
Años: 206° y 157°

Exp. Nº 2276-2016.-
(Justificativo de Únicos y Universales Herederos)

Visto el escrito que antecede suscrito por el ciudadano RODRIGO ALFONSO SALCEDO RIOS; los documentos anexos al mismo y las de¬claraciones de los testigos jurados, ciudadanos: AMARILIS COROMOTO CHAVEZ MORA y YUDITH EVELYN VASQUEZ RIVAS, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V-17.468.428 y V-12.728.432 respectivamente; este Tri¬bunal, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autori¬dad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suficiente para asegurar el derecho que le corresponde a los ciudadanos SALCEDO RÍOS RODRIGO ALFONZO, SALCEDO RÍOS JOSEFINA, SALCEDO RÍOS PEDRO PABLO, SALCEDO DE DURAN CARMEN ELENA, SALCEDO RÍO ADALBERTO Y SALCEDO RÍOS JOSÉ ANTONIO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros V-3.260.879, V-4.965.655, V-4.966.050, V-4.965.656, V-2.061.081, V-4.964.951 respectivamente, en su condición de hijos del ciudadano: JUAN PABLO SALCEDO FLORES, quien era venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-816.904, residenciado en la Calle 3 entre Avenida 2 y 3, Sector El Centro, Urachiche, Municipio Urachiche, Estado Yaracuy, fallecido el día 02-11-2009; todo ello sin perjuicio de terceros, de iguales o mejores dere¬chos. Devuélvase original con sus resultas al solicitante previa expedición de las copias certificadas requeridas por el mismo. Déjese copia de esta Providencia.
La Juez Provisoria,


Abg. MARLYN EMILIA RODRIGUES PEREZ;

La Secretaria;

Abg. Yuly R. Suárez V.-


En la misma fecha se devuelve constante de Veinte (20) folios útiles y se expidieron las copias certificadas requeridas por el solicitante.

La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V.



La suscrita Secretaria del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Urachiche y José Antonio Páez de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, CERTIFICA: que la copia que antecede es traslado fiel y exacto del original que la contiene, la cual corre inserta al folio 20 del expediente distinguido con el Nº 2276-2016. Urachiche, 31 de Mayo de 2016.-
La Secretaria;


Abg. Yuly R. Suárez V












MERP/gcps.-