REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 01 de noviembre de 2016
Años: 206º y 157º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos WILMER RAFAEL HERNANDEZ SUAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.938.611, domiciliado en la avenida 5, con calles 12 y 13, Chivacoa, Municipio Bruzual del estado Yaracuy, y NORMARY KATIUSKA CACERES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.626.309, domiciliada en Guatanquire, avenida 5, con calles 11 y 12, Chivacoa, Municipio Bruzual del estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a los ciudadanos MIRIG JOSEFINA ALVAREZ CASTRO, IGMIR TOMAS ALVAREZ CASTRO, ANDRES JOSE ALVAREZ CASTRO, GREGORY ALFREDO ALVAREZ CASTRO y MIRIAN BEATRIZ CASTRO DE ALVAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 14.442.604, 14.998.121, 17.993.427, 16.110.225 y 3.911.879 respectivamente, del ciudadano TOMAS IGNACIO ALVAREZ SANCHEZ, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.474.272. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,
Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,
Abog. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de quince (15) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Abog. ERMILA RODRIGUEZ
Sol. N° 1332/cg.-