REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 10 de Noviembre de 2.016
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: EMELIS AURORA MORON GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad N° V- 7.501.135 y domiciliada en la Avenida 2 entre calle 12 y 13, Comunidad de Pozo Nuevo, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y EDUARDO JOSUE SALINAS MORON, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 19.712.796 y domiciliado en la Avenida 12 entre calle 12, Comunidad de Pozo Nuevo, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: CARLOS JULIAN ARANGO GOMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 24.557.541, de este domicilio sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un lote de terreno municipal, mide una superficie de SESENTA METROS CUADRADOS CON SESENTA Y OCHO CENTIMETROS (60,68 MTS 2), en un área de construcción de CINCUENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y OCHO CENTÍMETROS (57,88 MTS 2), ubicado en la Avenida 12 esquina Calle 12, Comunidad de Pozo Nuevo, Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; con las siguientes características: Una (1) casa, paredes de bloques, friso liso, techo de acerolit, piso de cerámica, un (1) recibo, un (1) comedor y una (1) cocina empotrada y cerámica, una (1) sala de baño, un (1) dormitorio, un (1) porche, un (1) lavadero con batea de granito y paredes y piso de cerámica, instalación de dos (2) puertas de metal y dos (2) puertas de madera entamboradas, una (1) ventana interior con marco de aluminio y vidrio panorámico y tres (3) ventanas exteriores con marco de aluminio y vidrio panorámico. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Emilis Moron, en 8,40 ml SUR: Avenida 12 su frente, 9,75 ml; ESTE: Calle 12, en 7,20 ml; OESTE: Casa que es o fue de Emilis Moron, en 7,20 ml; según se evidencia en la CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 – AUR – 102 – 32 – 18, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 23 de Septiembre del año 2.015. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4207/2016.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA
El Secretario,
Abg. EDWIN GODOY.-
Cy.-