REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.

Chivacoa: 17 de Noviembre de 2016
AÑOS: 206ºy 157º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadana LENNYS YAKELIN LUGO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-15.283.481 y residenciada en la Calle principal, vía la Gotera, casa S/Nº, Sector Camino Atravesado, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy y DULIO ENRRIQUE VALERA LUGO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 18.052.291 y residenciado en la Calle principal, vía la Gotera, casa S/Nº, Sector Camino Atravesado, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy; SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un lote de Terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierra (INTI), según Documento Nº 14, Folios 024 al 028, Protocolo 1ero, III Trimestre de fecha 1.961. Registrado por Ante la Oficina del Registro Público de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas, ubicado en la Calle Principal Camino Atravesado, Sector Camino Atravesado del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, el cual tiene una superficie aproximada de TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS CON TREINTA Y SEIS CENTÍMETROS (394.36 M2). Cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Casa y solar de Sotero Palacios, con una longitud de (27,40 mts); SUR: Casa y solar de Yakelin Lugo, con una longitud de (24,40 mts); ESTE: Terreno ocupado por Julio Palacios, con una longitud de (16,50 mts); OESTE: Calle principal que es su frente, con una longitud de (14,15 mts). En el referido lote de terreno ha construido una vivienda a sus únicas expensas, con dinero de su propio peculio con las siguientes características constructivas: paredes de bloque, techo de acerolit, piso de concreto, puertas y ventana de hierro, distribuida de la siguiente manera: una (01) sala, una (01) cocina, tres (03) cuartos, un (01) baño. La cual tiene una superficie de construcción de: OCHENTA METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS CENTÍMETROS (80.52 M2). En dicha construcción ha invertido la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES (500.000,00 Bs), a favor del ciudadano: JUAN BAUTISTA PALACIOS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.581.109. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
El Juez Temporal,

Abg. Villasmil Antonio Petit
La Secretaria Accidental,

Abg. Odalyz del Milagro Lugo Martínez

Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez de la mañana (10:00 am) se registró y publicó la anterior decisión.
La Secretaria Accidental,

Abg. Odalyz del Milagro Lugo Martínez
VAPA/ol/dccd
N° 335/16