TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 19 de Octubre de 2016
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, y practicada la inspección Judicial fijada en auto de fecha cinco de octubre de 2016, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, el ciudadano TORIBIO CARDOZO LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-887.464 hábil en derecho, domiciliado en el sector La Conquista, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano TORIBIO CARDOZO LEON, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-887.464 hábil en derecho, domiciliado en el sector La Conquista, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy; Asistido en este acto, por el Abogado FRANDY ALEXIS COLMENAREZ, mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.387.425, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado bajo el Nº 121.624, procediendo en el presente acto con el carácter de Defensor Publico Tercero en Materia Agraria del Estado Yaracuy, Adscrito a la Unidad de la Defensa Pública del estado Yaracuy. Sobre las bienhechurías ampliamente descritas en el escrito de solicitud, construidas en un lote de terreno ubicado en el sector La Conquista, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, Cuyos linderos son los siguientes: Norte: Terreno ocupado por Daniel Castillo, Gregorio Pino, y Julio Cardozo; Sur: Caserío la Conquista, terreno ocupado por Ignacio Villega, Luis Mora y Roger Rivero, ; Este: Caserío la Conquista, terreno ocupado por Gregorio Pino y Julio Cardozo y Oeste: terreno ocupado por Daniel Castillo, Luis Mora e Ignacio Villegas. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ SUPLENTE,
ABG. JESUS LEONARDO QUINTERO.
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA
S-0761
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