REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 13 de octubre de 2016
Años: 206º y 157º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos ALEJANDRO JOSE ZERPA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.949.226, domiciliado en la urbanización Los Hermanos, edificio F, Apto 1-4, Municipio Independencia, estado Yaracuy; y DANIEL EDUARDO PARRA CAMPOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.053.404, domiciliado en la residencia Los Hermanos, edificio H, apto 2-2, Municipio Independencia del estado Yaracuy, este Juzgado Tercero de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana BEATRIZ ELENA FRANCO DE ESTRADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 24.634.718; sobre unas bienhechurías, construidas en un área de terreno propiedad municipal, que mide en su totalidad cuatrocientos veintidós metros cuadrados con cincuenta y un centímetros cuadrados (422,51 Mts2) y un área total de construcción de ciento noventa y dos metros cuadrados con veintidós centímetros cuadrados (192,22 Mts2) con un valor aproximado de diez millones bolívares (Bs. 10.000.000,00), ubicado en la calle Bernabo (EL puente), sector Brisas del Yurubí Municipio San Felipe del estado Yaracuy, la cual consiste en una edificación de dos (2) plantas, con bases y arranques para una tercera planta distribuida de la siguiente manera: PLANTA BAJA: dos (2) locales comerciales, de paredes de bloques de concreto completamente frisada en su interior y exterior, piso de cemento revestido de baldosa, techo de platabanda, dotado cada uno de un sanitario con todas sus piezas, un (1) portón tipo Santamaría y dos (2) rejas de hierro en el frente, cajón de medidores y una (1) puerta de hierro, bases de concreto armado con cabillas, tanque subterráneo con capacidad de 30.000 Lts; una (1) escalera de cemento rustico, todo completamente cercado con paredes de bloques de concreto frisadas PRIMER PISO: un (1) local comercial con paredes de bloques frisadas, piso de cemento revestido de baldosa, una (1) sala de baño con todas sus piezas sanitarias, techo de platabanda, dos (2) puertas de metal, una (1) ventana, fundaciones de segunda planta, toda la construcción está dotada de los servicios básicos, eliminación de aguas servidas y de electricidad; alinderada de la siguiente manera: NORTE: Calle Bernabo (el Puente) con 10,03ML SUR: Parcela que es o fue de Moraima Yajure, con 11,65 ML; ESTE: Parcela que es o fue de Mileni Granda, con 38,25 ML; y OESTE: Parcela que es o fue de Gregori Polanco, con 38,25 ML. Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio,


Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,

Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,


Abg. ERMILA RÒDRIGUEZ
Solicitud Nº 1298
TLR/ER/cmgl