REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 04 de octubre de 2016
Años: 206º y 157º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos MARIA JOSE MONTILLA MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.888.157, domiciliada en la calle 1, 18 de octubre principal, casa 1-78, Municipio Cocorote del estado Yaracuy, y LIBARDO JOSE TREJO SARABIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 22.316.498, domiciliado en Don Juancho, calle 2, casa sin número, Municipio Independencia del estado Yaracuy, sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurarle el derecho que le corresponde a las ciudadanas CRISLEY JOSEFINA PEREZ SANCHEZ, RAIDA CAROLINA PEREZ CORONA, LAURIANIZ GRISBEL PEREZ DE CHAVEZ, LAURILIS KRISMAR PEREZ GONZALEZ, y NORBELIZ MERCEDES PEREZ GARCIA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.080.237, 13.095.370, 22.308.569, 26.602.107 y 19.953.203 respectivamente, del ciudadano RAFAEL CRISTOBAL PEREZ URBINA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.504.709. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,


Abog. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,

Abog. ERMILA RODRIGUEZ

En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de veintinueve (29) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,

Abog. ERMILA RODRIGUEZ
Sol. N° 1264/cg.-