REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 06 de Octubre de 2016
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de las testigos presentadas por la parte interesada, las ciudadanas: THAIS NATALY PEROZO LISCANO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 17.612.835 y domiciliada en San Ramón, calle San Miguel Arcángel del Estado Yaracuy y STEFANY ARIU HIDALGO RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.265.969 y domiciliada en el Ceibal las casitas del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano PEDRO COLMENARES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.564.604, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un Área de terreno Propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI) que tiene una superficie de QUINIENTOS SEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS (506,59 MTS2), en un área de construcción de NOVENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y NUEVE CENTIMETROS (95,79 MTS2), Calle Vieja entre Calle Principal y calle la Ceiba Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Con las siguientes características: Una (01) casa construida de la siguiente manera: paredes de bloques sin frisar, techo de zinc, ventanas y puertas de hierro; distribuida en:, Una (01) sala, Una (01) cocina, Una (01) habitación, Un (01) baño piso liso, Un (01) corredor, cercada en bloques con instalaciones eléctricas y aguas blancas y cloacas. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de la Familia Cordero, en 16,10 m. SUR: Calle vieja su frente, en 20,10 m; ESTE: Casa y solar que es o fue de la Familia Brand en 29,20 m; OESTE: Casa y solar que es o fue de Ángela Gómez en 30,50 m; según se evidencia en el CEDULA CATASTRAL, Código Catastral Nº 22 – 03 – 01 – AR– 118 – 02 – 14, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 27 de Junio del año 2016. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Juzgado ACUERDA darle salida y devolver lo actuado a la solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4166/2016.-

El Juez
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario,
Abg. Edwin Godoy


Abg.EBA/EG/Yc.-