REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ODINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE, LA TRINIDAD Y ARÍSTIDES BASTIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. ACTUANDO EN ESTA SEDE DE MANERA TRANSITORIA.
Chivacoa 18 de octubre de 2016
AÑOS: 206º y 157º
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos VICENTE PAUL HERRERA SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.274.900 y residenciado calle Sabanetica entre calles Ricaurte y calle la Ceiba, casa s/n, Urbanización el silencio, Guama, Municipio Sucre del Estado Yaracuy y NEIDA LISETT BARRIOS LÓPEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.076.582 y residenciada Barrio centro entre avenidas 4 y 5, calle Farriar N° 8, casa N° 4-22, Cocorote, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, SIN PERJUICIOS DE TERCERO DE IGUAL O MEJOR DERECHOS, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de La Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO, sobre unas bienhechurías en un lote de terreno propiedad Municipal, ubicado en la calle 09 esquina de la Avenida 06, sector Leonardo Ruiz Pineda, San Pablo, Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy, cuya extensión aproximada de dicho terreno es de CIENTO TREINTA Y SIETE METROS CON OCHENTA Y TRES CENTIMETROS (137,83 Mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Terreno ocupado por Jorge López con una longitud de Siete Metros con Ochenta Centímetros (7,80 Mts2), SUR: Avenida 06 que es su frente con una longitud de Siete Metros con Ochenta Centímetros (7,80 Mts2), ESTE: Calle 09 con una longitud de Diecisiete Metros con Ochenta y Tres Centímetros (17,83 Mts2) y OESTE: Terreno ocupado por Jorge López y Gladys López con una longitud de Diecisiete Metros con Ochenta y Tres Centímetros (17,83 Mts2). Ha fomentado unas bienhechurías consistente de unos locales comerciales construidos con paredes de bloques, piso de cemento y porcelana, techo de platabanda, las bienhechurías en cuestión están dotadas de acueductos, luz, cloacas, aseo urbano, con un área de construcción de CIENTO TREINTA Y SIETE METROS CON CINCUENTA Y SEIS CENTÍMETROS (137,56 MTS2). El valor invertido en dichas bienhechurías es de UN MILLON DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.200.000,00); a favor del ciudadano OSCAR ARTURO OSORIO LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-8.514.794 y de este domicilio. Regístrese, publíquese y déjese copia certificada, a los efectos indicados en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese mediante oficio al ciudadano Sindico Procurador del Municipio Arístides Bastidas del Estado Yaracuy sobre el presente fallo, de conformidad con la parte in fine del Artículo 153 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, y una vez cumplido este requisito, devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, una vez que sean proveídas por esta las copias fotostáticas relativas a la misma.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG° VILLASMIL ANTONIO PETIT APONTE
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
Abg° ODALYZ DEL MILAGRO LUGO MARTÍNEZ
Se dará cumplimiento a lo ordenado en la anterior decisión. En ésta misma fecha, siendo las diez y treinta de la mañana (10:30 Am) se registró y publicó la anterior decisión.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
Abg° ODALYZ DEL MILAGRO LUGO MARTÍNEZ
VAPA/ol/mcgv
309/16