TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 29 de Septiembre de 2016
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, el ciudadano JAVIER VICENTE SÁNCHEZ WEAVER venezolano, soltero, mayor de edad, Ingeniero Electrónico, titular de la cédula de identidad Nº V-20.468.163 hábil en derecho, domiciliado en la Calle 33 entre Avenidas 7ma y Octava, Casa Nº 7-5, Municipio Independencia del Estado Yaracuy.; este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano JAVIER VICENTE SÁNCHEZ WEAVER venezolano, soltero, mayor de edad, Ingeniero Electrónico, titular de la cédula de identidad Nº V-20.468.163 con domicilio en la Calle 33 entre Avenidas 7ma y Octava, Casa Nº 7-5 , Municipio Independencia del Estado Yaracuy. Asistido en este acto, por la Abogada HILDA DEL VALLE ANZOLA GONZALEZ, titular de la cedula de identidad N° V- 4.010.116 Inpreabogado N° 154.112, sobre las bienhechurías ampliamente descritas en el escrito de solicitud, construidas en un lote de terreno ubicado en el Sector Santa María del Municipio Autónomo Independencia del Estado Yaracuy. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Terrenos que son o fueron ocupados por Jaquelyn González y Cooperativa Santa María., SUR: Terrenos ocupados por Cooperativa Santa María con Carretera de tierra. ESTE: Terrenos que son o fueron ocupados por Jaquelyn González con Carretera de tierra y OESTE: Terrenos que son fueron ocupados por la Cooperativa Santa María con Carretera que conduce al Caserío San Pablo. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante, antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ SUPLENTE,

ABG. JESUS LEONARDO QUINTERO.
EL SECRETARIO,


ABG. CARLOS MUJICA
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.
EL SECRETARIO,


ABG. CARLOS MUJICA
S-0759.