REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 27 de Septiembre del 2016
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos ANTONIO VILLANO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.559.094, con domicilio en la Comunidad de Peguaima de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y YONMAR ALONZO PUERTAS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.503.102, con domicilio en la Comunidad de Bicentenario de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones, TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor de la Ciudadana MARIA AUXILIADORA VARGAS RODRIGUEZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro° V- 7.576.340; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que la solicitante fomento en un Lote de Terreno Propiedad del Municipio, que mide TRESCIENTOS SETENTA Y UN METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS CENTIMETROS ( 371,82 Mts2) en un área de construcción de R-4: de CIENTO STENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SIETE CENTIMETROS ( 178,77 Mts2), Ubicada en la calle 23 entre avenidas 5 y 6, Comunidad Peguaima Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, consistente de una casa compuesta de paredes de Bloques, techo de Zinc, piso de cemento, dos dormitorios, una sala y un porche; cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Euden Rangel, en 42.40 ml; SUR: Casa que es o fue de Petra Cordero en 42.90 ml; ESTE: Casa que es o fue de Familia Soto en 7.55 ml; OESTE: Calle 23 su frente en 9.90 ml . Según se evidencia del Certificado de Empadronamiento Nº 22-03-01-AUR-108-07-23, Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 12 de Julio del año 2016. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 4152/2016.-

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA El Secretario Temporal,

Abg. Edwin Godoy






EBA/EG/klency.-