REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veinte (20) de abril de 2017.-
207° y 158°

Revisadas las actas procesales, se observa que el 17 de abril de 2017, este Tribunal dictó auto, donde se ordenó devolver mediante oficio N° 163/2017, la comisión Nº KP02-C-2017-000279 al Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren del Estado Lara, recibida por este despacho el 06 de abril del año en curso, acompañada del oficio Nº 256/2017, motivado a que el Tribunal comisionado no cumplió con lo establecido en los artículo 227 y 218 del Código de procedimiento Civil, en virtud a la negativa de firmar la boleta de citación por parte del representante legal de la EMPRESA SEGUROS CARACAS LIBERTY MUTUAL, tercero en el presente juicio; en tal sentido en aras del debido proceso y de la igual de las partes, por cuanto en el día de hoy, corresponde celebrar la audiencia preliminar de transito, y una de las partes llamadas al proceso, como lo es la empresa anteriormente identificada, no se encuentra debidamente citada, este Tribunal suspende la realización de la audiencia preliminar, hasta verificarse la citación y la posterior contestación de la demanda dentro del plazo establecido por la Ley, de la EMPRESA SEGUROS CARACAS LIBERTY MUTUAL, tercero en el presente juicio.
El Juez

Abg. EDUARDO JOSÉ CHIRINOS CH.
El Secretario,