REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

San Felipe, 21 de Abril de 2017
Años 207º y 158º

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanas SIMODOCEA OJEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.712.565; domiciliada en la Calle 28 y 29 con 2da avenida, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, y YADIRA COROMOTO HERNANDEZ DE GRATEROL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.559.236; domiciliada en la Calle 28 y 29 con 2da Avenida, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana LUISA BELEN GUZMAN DE GRATEROL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.293.523; sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, y que por información desprendida del Informe Catastral emitido por la Alcaldía del Municipio Independencia del estado Yaracuy, está construidas sobre un área de terreno municipal, que mide Setecientos Diecisiete Metros Cuadrados con Ochenta y Cinco Centímetros (717,85 mts2) y un área de construcción de Doscientos Sesenta y Ocho Metros Cuadrados con Diez Centímetros (268,10 mts2), ubicado en Final de la Avenida 02 entre calles 28 y 29, Sector Sabaneta, Municipio Independencia, Estado Yaracuy, la cual consiste en una casa de habitación con las siguientes características: Techada de Acerolit con cinco (05) habitaciones, tres (03) salas de baño, una (01) cocina, una (01) sala comedor, una (01) sala de estar, un (01) corredor, dos (02) anexos, un (01) lavadero y un (01) garaje, con todas las instalaciones eléctricas, aguas blancas y negras. Encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Quebrada; Sur: Casa que es ó fue de Ylionora Colmenarez; Este: Avenida 02; y Oeste: Quebrada.- Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a los solicitantes estas actuaciones en forma original, con sus resultas.-
La Jueza Temporal,

Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria,

Abg. Gloria González

En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles.
La Secretaria,

Abg. Gloria González