REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, primero (1°) de agosto de (2017)
(207° y 158°)

-I-
ÚNICO
En fecha veinticinco (25) de mayo de (2017), este Juzgado Superior Agrario recibió Oficio número 2017-JSPA-00223 de fecha (16/05/2017) emanado del JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, mediante el cual remitía Expediente signado con el número 00302 (nomenclatura llevada por ese Despacho), en virtud del RECURSO DE APELACIÓN ejercido en fecha (11/05/2017) por la parte demandante contra la sentencia dictada por el a quo en fecha (05/05/2017), relativo a la ACCIÓN POSESORIA POR DESPOJO A LA POSESIÓN AGRARIA, que sigue el ciudadano FREDYS ESCALONA, titular de la cédula de identidad número V-4.478.776, contra los ciudadanos PEDRO ENIO HERAS y ANTONIO VELIZ, titulares de las cédulas de identidad números V-12.139.033 y V-5.383.839 en su orden. En fecha once (11) de julio de (2017), este Juzgado Superior Agrario de esta Circunscripción Judicial, le dio entrada a este Recurso de Apelación, y procedió a fijar el lapso al que hace referencia el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, correspondiente a los ocho (8) días de despacho, dispuestos en la Norma para promover y evacuar las pruebas permitidas en segunda instancia. Así mismo, vencido como fue ese período, se evidencia que sólo la parte Apelante promovió y ratificó pruebas, por lo que esta Alzada por auto de fecha (21/07/2017) ADMITIÓ las pruebas ratificadas por la parte Apelante, salvo su apreciación en la definitiva, asimismo, fijó la audiencia Oral de Informes, para el tercer día de despacho siguiente, la cual se celebró en fecha (27/07/2017) en la cual sólo compareció la parte Accionante. Corresponde al día de hoy, martes primero (1°) de agosto de (2017), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), celebrar Audiencia Oral para la LECTURA DEL FALLO, de conformidad con el último aparte del artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en la causa signada bajo el Nº JSA-2017-000390 (nomenclatura particular de este Juzgado). Se encuentran presentes en la Sala de Audiencias de este Juzgado Superior Agrario, la Jueza, Dra. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR, así como los abogados CARMEN ELENA NÚÑEZ MIRANDA y ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA, respectivamente, Secretaria y Alguacil de este Juzgado; se anunció el acto a las puertas del Tribunal, dejándose constancia que se encuentra presente en este acto el abogado FRANDY ALEXIS COLMENÁREZ, titular de la cédula de identidad número V-15.387.425, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 121.624, Defensor Público Tercero en Materia Agraria, adscrito a la Unidad de Defensa Pública del estado Yaracuy, actuando en representación del ciudadano FREDYS ESCALONA, antes identificado, PARTE DEMANDANTE/APELANTE en la presente causa. Asimismo, se deja constancia de la no comparecencia de la Parte Demandada, ciudadanos PEDRO ENIO HERAS y ÁLVARO ANTONIO VELIZ JASPE, identificados en autos, ni de su representación judicial. Estando dentro del lapso establecido en el ut supra referido artículo para dictar oralmente el dispositivo del fallo, pasa este Juzgado Superior Agrario a efectuarlo de la siguiente manera:

-II-
DISPOSITIVA

En mérito de las anteriores consideraciones, este Jugado Superior Agrario de la circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
Por todas las consideraciones antes expuestas; este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso de apelación ejercido en fecha (11/05/2017) por la representación judicial del ciudadano FREDYS ESCALONA, titular de la cédula de identidad número V-4.478.776, Parte Demandante/Apelante en la presente causa.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación intentado por la representación judicial del ciudadano FREDYS ESCALONA, titular de la cédula de identidad número V-4.478.776, contra la decisión dictada en fecha (05/05/2017), dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial.
TERCERO: ANULA decisión de fecha (05/05/2017) dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial, y SE REVOCAN todas las actuaciones anteriores de la decisión ut supra señalada hasta el auto de fecha (18/07/2016).
CUARTO: ORDENA REPONER LA CAUSA al estado de que la Jueza a quo se pronuncie sobre su COMPETENCIA por el territorio.
QUINTO: ORDENA remitir oportunamente el expediente Nº JSA-2017-000390 al Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEXTO: La presente decisión se dicta dentro del término legal establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
SÉPTIMO: En virtud de la especial naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.
OCTAVO: Publíquese la presente decisión en el portal Web del Tribunal Supremo de Justicia.
La presente decisión se público dentro del plazo previsto en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
Seguidamente, la Jueza informa que extenderá la publicación del fallo, dentro de los diez días continuos siguientes. Por último, siendo las diez y veinte minutos de la mañana (10:20 a.m.), se declara culminado el acto. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA,


MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR
LA SECRETARIA,


CARMEN ELENA NÚÑEZ MIRANDA

EL ALGUACIL,


ANTONIO LUÍS ROJAS PARRA


LA REPRESENTACIÓN JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDANTE/APELANTE,


ABG. FRANDY ALEXIS COLMENÁREZ

















EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000390
MCGS/CENM/NA/mp