REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 04 de agosto de 2017
Años 207º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, SEQUERA OCHOA ISLIA DAMARIS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.228.211; domiciliada en Albarico, Sector Sembradora I, Calle 02, Casa N° 17, Parroquia Albarico, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy y GARCÍA JUAN ELOY, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.148.755; domiciliado en Albarico, Sector Banco Obrero, Calle Principal y Avenida Libertador, Parroquia Albarico, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana PINEDA ANTONIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-2.566.343; sobre unas bienhechurías descritas en la solicitud, y que por información desprendida del Informe Catastral emitido por la Alcaldía del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, consiste en unas bienhechurías sobre terreno propiedad Municipal, construidas en un área de terreno que mide Trescientos Ochenta y Tres Metros con Treinta y Dos Centímetros (383,32 mts2) y un área de construcción de una (1) Casa de Sesenta y Un Metros con Setenta y Cuatro Centímetros (61,74 mts2), ubicada en Albarico, Valle Dorado, Calle Principal, Parroquia Albarico, Jurisdicción del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, la cual consiste en una (01) Casa con paredes de bloques, piso de cemento, techo de zinc, una (01) habitación y un (01) baño; encontrándose alinderada de la siguiente manera: Norte: Área de respeto de la Quebrada La Azulita, con 25,90 ML; Sur: Calle Principal de Valle Dorado que es su frente, con 25,90 ML; Este: Canal de Desague, con 14,80 ML; Oeste: Terreno Municipal, con 14,80 ML. Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.-
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro.
El Secretario Temporal,
Abg. Maximiliano Baquero.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de siete (07) folios útiles.
El Secretario Temporal,
Abg. Maximiliano Baquero.