REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Seis (06) de Diciembre del año (2017)
(207° y 158°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000415.-
Con vista a la diligencia presentada en fecha (05/12/2017), por la Profesional del derecho DAYANA LEAL, titular de la cédula de identidad número V-13.985.258, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 89.921, en representación de la ciudadana NANYI GODOY, plenamente identificada en autos, parte accionante en la presente causa; mediante la cual expone: “(…)…Solicito muy respetuosamente de este Tribunal la devolución del Poder notariado original que corre inserto a los folios 04,05,06 del presente expediente. Es todo… (…)”. En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, acuerda lo solicitado y ordena el desglose y devolución de dichos documentos, dejando en su lugar las copias fotostáticas previamente certificadas, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Venezuela. En tal sentido. Igualmente, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, declara la culminación del procedimiento, y por consiguiente el archivo del presente expediente y su posterior remisión al Archivo Judicial del Estado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPERIOR,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.
EL SECRETARIO TEMPORAL,
IRVING LEONARDO REYES.
EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000415.-
MGS/IR/rw.-