REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 08 de Febrero de 2017
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, y practicada la inspección Judicial fijada en auto de fecha siete (07) de Noviembre de 2016, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos XIOMARA MARIA ARTEAGA GONZALEZ venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.818.177, hábil en derecho, domiciliada en el sector la marroquina calle principal casa numero 139 municipio San Felipe del Estado Yaracuy y FANCISCO TORREALBA RAMIREZ venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.346.722, hábil en derecho, domiciliado en el sector la Estación municipio San Felipe del Estado Yaracuy. este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo previsto en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana WUILDERMARY MADELEEN PEREZ GIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.016.429, domiciliada en el sector La Estación, Autopista Centro Cimarrón Andresote, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, debidamente asistida por la Abogada SICLIMAR RAMIREZ, inscrita en el Inpreabogado con el N° 202.944, Sobre las bienhechurías ampliamente descritas en el acta de inspección Judicial efectuada por este Tribunal, construidas en un Lote de Terreno ubicado en el sector La Estación, Autopista Centro Cimarrón Andresote, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Autopista Centro Occidental Cimarrón Andresote y Dulce Arteaga; SUR: Calle La Estación y Benito Domingues; ESTE: Terrenos ocupados por Dulce Arteaga y Calle La Estación y OESTE: Terrenos ocupados por Benito Domingues y Autopista Centro Occidental. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO,

ABG. JESUS LEONARDO QUINTERO.
EL SECRETARIO,

ABG. CARLOS MUJICA
En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS MUJICA
S-0768