REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 23 de febrero de 2017
Años: 205º y 158º

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos JOANNA YAKELIN USTRILLA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.698.252, domiciliada en Avenida José Joaquín Veroes entre calles 11 y 12, casa Nº 11-9, municipio San Felipe, estado Yaracuy y WILFREDO JAVIER TOVAR VEGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.261.857, domiciliado en la Avenida Musural, casa Nº 170, Guama, municipio Sucre, estado Yaracuy; sin perjuicios de terceros de igual o mejores derechos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 936 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones de TITULO DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS suficiente para asegurar el derecho que le corresponde a la ciudadana MARIA OCTAVIA ACOSTA ORTEGA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-2.567.650, heredera del ciudadano CARLOS HERNAN ACOSTA, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.859.594. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada y déjese copia en el archivo del Tribunal.
El Juez Provisorio,


Abg. TRINO LA ROSA VAN DER DYS
La Secretaria,

Abg. ERMILA RODRIGUEZ