TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
Chivacoa, 08 de Febrero del 2017
Años: 206° y 157°
Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por las partes interesadas, ciudadanos ZULEIMA ALDON, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.593.002, con domicilio en la Comunidad de la Peñita de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y EDGAR RAMIREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.483.857, con domicilio en la Comunidad de la Peñita de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones, TITULO SUPLETORIO de Propiedad a favor del Ciudadano MARBOL RAFAEL CAMERO CORDERO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 8.518.877; sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas mejoras en la bienhechuría que el solicitante fomento en un Lote de Terreno Propiedad del Municipio, que mide OCHENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS ( 84, 00 Mts2) en un área de construcción de C1: de OCHENTA Y TRES METROS CUADRADOS CON VEINTE CENTIMETROS ( 83,20 Mts2), Ubicada en la calle 07 esquina callejón Almeida, Comunidad Monte Oscuro, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy, consistente de un inmueble remodelado en su totalidad y actualmente constituido por seis (6) Locales construidos de paredes de bloques, techo de platabanda, piso de cerámica, portones de hierro, con instalaciones de electricidad, aguas negras y blancas, distribuidos en Salón Comercial y un baño con todos sus implementos y puertas de madera. Los Locales están identificados con los Nros 1 al 6; LOCAL Nº 1: Con un área de terreno y construcción de Trece Metros Cuadrados con Cuarenta Centímetros (13,40 m2) signado con el Código catastral Nº 22-03-01-AUR-104-24-02-01; LOCAL Nº 2: Con un área de terreno y construcción de Catorce Metros Cuadrados (14,00 m2) signado con el Código catastral Nº 22-03-01-AUR-104-24-02-02; LOCAL Nº 3: Con un área de terreno y construcción de Catorce Metros Cuadrados (14,00 m2) signado con el Código catastral Nº 22-03-01-AUR-104-24-02-03; LOCAL Nº 4: Con un área de terreno y construcción de Catorce Metros Cuadrados (14,00 m2) signado con el Código catastral Nº 22-03-01-AUR-104-24-02-04 ; LOCAL Nº 5: Con un área de terreno y construcción de Catorce Metros Cuadrados (14,00 m2) signado con el Código catastral Nº 22-03-01-AUR-104-24-02-05 ; LOCAL Nº 6: Con un área de terreno y construcción de Trece Metros Cuadrados con cuarenta centímetros (13,40 m2) signado con el Código catastral Nº 22-03-01-AUR-104-24-02-06; cuyos linderos generales son los siguientes: NORTE: Callejón Almeida su frente en 21,00 m; SUR: Casa que es o fue de Familia Cordero Rodríguez en 21,00 m; ESTE: Calle 7 en 4,00 m; OESTE: Casa que es o fue de Familia Barrios en 4,00m. Según se evidencia del Código Catastral Nº 22-03-01-AUR-104-24-02, según Certificado de Empadronamiento Otorgado por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 20 de Diciembre del año 2016. Devuélvase original Con sus resultas a la parte interesada y déjese copia certificada en el archivo del Tribunal. Se le Asignó el No. 4251/2017.-
El Juez,
Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA El Secretario,
Abg. Edwin Godoy
EBA/EG/klency.-
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