REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 08 de Febrero de 2017
Años: 206° y 157°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: ELIEZER ANTONIO MENDEZ CASTILLO Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-3.709.850, domiciliado en la Avenida 3 Esquina Calle 15, de la Ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y YAJAIRA JOSEFINA QUERALES CASTILLO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-12.938.570, domiciliado en la Calle 14 entre Avenida 2 y 3, Guatanquire 1, de la Ciudad de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: ALIRIO JOSE BOYANO TOVAR, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V- 11.279.412, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un lote de Terreno Municipal, con un Área Total de Terreno de DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y TRES CENTIMETROS ( 247,43 Mts2) y un Área de Construcción de CIEN METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y SIETE CENTIMETROS ( 100,47 Mts2), ubicado en la Avenida 3 entre Calles 15 y 16, Comunidad Guatanquire de Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, dichas bienhechurías posee las siguiente características: una (1) casa, construida de la siguiente manera: paredes de bloques de cemento frisadas, techo de zinc, piso de cemento pulido, distribuida de la siguiente manera: ( un (1) porche, una (1) sala, cuatro (4) habitaciones con sus respectivas puertas de madera, una (1) cocina, un (1) comedor, dos (2) baños, tres (3) ventanas con sus protectores de hierro, cercada totalmente de bloques, con sus instalaciones de aguas blancas, aguas servidas e instalaciones eléctrica. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Avenida 3 ( su frente) en 5,90 ml SUR: Casa que es o fue de Mauricio Bonilla en 7,30 ml; ESTE: Casa que es o fue de Coromoto Bollano en 38,00 ml; OESTE: Casa que es o fue de Bilmary Monterrey en 41,00 ml; según se evidencia en el CERTIFICADO DE EMPADRONAMIENTO, Código Catastral Nº 22 03 01 AUR 106 15 25, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 17 de Enero de 2017. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Tribunal ACUERDA darle salida y devolver lo actuado al solicitante. Déjese constancia en el libro diario Se le asignó el Nº 4253-2017.-

El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario,

Abg. EDWIN GODOY.-

jt