REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE
LOS MUNICIPIOS URACHICHE Y JOSE ANTONIO PAEZ DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
Urachiche, 17 de Febrero de 2017
Años: 206° y 157°

Exp. Nº 2465-2017.-
(Titulo Supletorio)
Vista la solicitud formulada por el ciudadano BENITO PEREZ, al final del escrito que encabeza estas actuaciones y las declaraciones de los testigos jurados, ciudadanos JOSE VICENTE PEÑA CASTILLO y JOSE LUIS SILVA SILVA, titulares de las Cedulas de Identidad Nros. V-3.007.266 y V-10.848.976 respectivamente; este Tribunal actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y conforme a la Resolución Nº 2.009-0006 de fecha 18 de Marzo del 2.009 de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano: BENITO PEREZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.600.946; sobre unas bienhechurías en un área de terreno de propiedad del Instituto Nacional de Tierras (INTI), que mide: TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON VEINTISEIS CENTIMETROS CUADRADOS (355,26Mts²), según mensura catastral expedida por la Dirección de Catastro y Tierras de la Alcaldía Bolivariana del Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy; ubicado en la Calle 02, Sector 1ro de Julio, Sabana de Parra, Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy; cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Cancha Deportiva; SUR: Parcela y Casa Sra. Endy Pineda; ESTE: Calle 02, que es su frente; OESTE: Parcela y Vivienda Sra. Margarita Álvarez; Las bienhechurías consisten: en una (01) Casa, edificada con paredes de bloques, piso de cemento pulido y techo de acerolit sobre estructura de hierro; conformada por dos habitaciones, una sala recibo, una cocina, un baño y un porche, con un área de construcción de SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON DOS CENTIMETROS CUADRADOS (78,02Mts²); y un (01) Deposito, construido con paredes de bloques, piso de cemento, techo de acerolit sobre estructura de hierro y una puerta de metal, con una superficie de construcción de CATORCE METROS CUADRADOS CON SETENTA CENTIMETROS CUADRADOS (14,70Mts²); para un área total de construcción de NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS CUADRADOS (92,72Mts²). Devuélvase original al interesado a los fines solicitados, sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 555 del Código Civil. Déjese copia de esta providencia.
La Juez Provisoria,

Abg. MARLYN EMILIA RODRIGUES PEREZ;
La Secretaria Accidental,

Abg. Anisbel A. Adjunta G.

En la misma fecha se devuelve constante de NUEVE (9) folios útiles.
La Secretaria Accidental,

Abg. Anisbel A. Adjunta G.