REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, diez (10) de julio de (2017)
(207° y 158°)

EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000272

Por cuanto en fecha primero (1) de junio de dos mil diecisiete (2017), la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia me designó como Jueza Provisoria del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, y prestado el debido juramento de Ley en fecha (30-06-2017), verificado así mismo mi toma de posesión de funciones en este Tribunal en fecha seis (6) de julio de (2017), según consta en Acta Nº 352 del Libro respectivo llevado por este Despacho; en aras de otorgar las vías y medios procesales contemplados en nuestra normativa legal me ABOCO al conocimiento de la presente causa. En consecuencia, transcurrido el lapso de tres (3) días de despacho siguientes al de hoy, establecidos en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de salvaguardar el derecho que tienen las partes de recusar a la nueva Jueza, vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, la causa continuará en la etapa de interponer recurso, una vez conste en autos la última de las notificaciones ordenadas en la Sentencia dictada en fecha (16-11-2016).
LA JUEZA,



DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
LA SECRETARIA,



ABG. CARMEN ELENA NÚÑEZ MIRANDA


EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000272
MCGS/CENM/jm
























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TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, diez (10) de julio de (2017)
(207° y 158°)

EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000272


Visto el oficio N° 22-F3-2501-17, que antecede, suscrito por la Fiscal Auxiliar Tercero del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial, de fecha (10-05-2017); con relación al contenido del mismo; este Juzgado Superior Agrario, acuerda expedir por Secretaría la copia Certificada solicitada del presente expediente, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil; en consecuencia se ordena oficiar a la referida Fiscalía Tercera, haciéndosele saber que este Despacho, está en la mejor disposición de expedir lo solicitado, siempre que consignen los medios necesarios, en virtud de que en este Juzgado no se cuenta con fotocopiadora ni papel para ello; no sin antes advertir lo establecido en la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia bajo el N° 1881 de fecha 08-12-2011, con ponencia de la Magistrada Luisa Estela Morales Lamuño, referente al Delito de invasión. Líbrese oficio. Cúmplase.
LA JUEZA,



DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
LA SECRETARIA,



ABG. CARMEN ELENA NÚÑEZ MIRANDA


Seguidamente se cumplió con lo ordenado.

LA SECRETARIA,



ABG. CARMEN ELENA NÚÑEZ MIRANDA


EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000272
MCGS/CENM/jm





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, diez (10) de julio de (2017)
(207° y 158°)



OFICIO Nº 2017-JSA-0046
CIUDADANO:
ABG. EDWUARD ERNESTO KLEMM MÚJICA
FISCAL AUXILIAR TERCERO DEL MINISTERIO PÚBLICO DE ESTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.
SU DESPACHO.


Cordialmente me dirijo a usted, con la finalidad de hacer de su conocimiento que este Juzgado Superior Agrario, se encuentra en la mejor disposición de expedir la copia fotostática certificada solicitada por su Despacho en oficio N° 22-F3-2501-17, de fecha (10-05-2017), una vez provean los medios necesarios para ello, en virtud de que este Juzgado no cuenta con papel, ni máquina fotocopiadora; no sin antes advertir lo establecido en la Sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia bajo el N° 1881 de fecha 08-12-2011, con ponencia de la Magistrada Luisa Estela Morales Lamuño, referente al Delito de invasión.
Sin más a que hacer referencia, se despide.

Atentamente,


Dra. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR
JUEZA DEL JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.









EXPEDIENTE Nº JSA-2015-000272
MCGS//jm


4ta. Avenida entre calles 12 y 13, C.C. “La Casona”, Municipio San Felipe estado Yaracuy
Teléfono: 0254-231.89.60
Correo: juzgadosuperioragrario_yaracuy@hotmail.com