REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, diez (10) de julio del (2017)
(206° y 158°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2016-000379
Por cuanto en fecha primero (1°) de junio de dos mil diecisiete (2017), la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia me designó como Jueza Provisoria del Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, y prestado el debido juramento de Ley en fecha (30-06-2017), verificado así mismo, mi toma de posesión de funciones en este Tribunal en fecha seis (6) de julio de (2017), según consta en Acta Nº 352 del Libro respectivo llevado por este Despacho; en aras de otorgar las vías y medios procesales contemplados en nuestra normativa legal me ABOCO al conocimiento de la presente causa. En consecuencia, con la finalidad de resguardar el derecho a la defensa y a la Tutela Judicial Efectiva se acuerda la notificación de las partes, informándoles que una vez que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas, y transcurrido los diez (10) días de despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil; comenzará el lapso de tres (3) días de despacho establecido en el artículo 90 de la precitada norma, a los fines de salvaguardar el derecho que tienen las partes de recusar a la nueva Jueza, vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, comenzará a transcurrir el lapso establecido en el Artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, dejándose constancia que desde la fecha (17-11-2016) exclusive, hasta la fecha (28-11-2016) inclusive, transcurrieron dos (2) días de despachos. En tal sentido, notifíquese mediante Boleta a la parte accionante, ciudadana MARÍA LILIAN BASTIDAS DE SOBRINO, ya identificada, y a la parte accionada, ciudadanos MARÍA ESPERANZA CAICEDO y JOSÉ ANTONIO RODRÍGUEZ OCHOA, identificados en autos, y/o a su representación judicial. Líbrense boletas de notificación. Cúmplase.
LA JUEZA,
DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
LA SECRETARIA,
ABG. CARMEN ELENA NÚÑEZ MIRANDA
EXPEDIENTE N° JSA-2016-000379
MCGS/CENM/MP