REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, diez (10) de julio (2017)
(207° y 158°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000386
Por recibido en fecha (15-12-2016), escrito presentado por la ciudadana GLENIS FELICIA ZERPA ORTIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-7.592.991, domiciliada en el Asentamiento Campesino Iboa, Sector Cerro Higuerón, Municipio Arístides Bastidas del estado Yaracuy; asistida por el abogado JORGE LUÍS GRANADILLO VICUÑA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.707.897, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 48.718; contentivo de RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AGRARIO DE NULIDAD, en contra del Acto Administrativo emitido por el Directorio del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS (INTI), en reunión ORD 698-16, de fecha (25-05-2016), donde fue acordado Titulo de Adjudicación Socialista Agrario y Carta de Registro Agrario N° 2232116161RAT0005957, a favor de la ciudadana LUZMILA JOSEFINA PÉREZ PINEDA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-9.570.558, sobre un lote de terreno ubicado en el Sector Cerro Higuerón, Asentamiento Campesino Iboa-San Antonio Guararute, Municipio Arístides Bastidas del estado Yaracuy; constante de cuatro (4) folios útiles, acompañado de anexos marcados con las letras “A”-“A-1”- “B”-“B-1”. “B-2”- “C”- “D”-“E”- “F”-“G”-“H”-“I”-”J”-”K”-”L”-”LL”-“M” y “N”, en treinta y tres (33) folios útiles. En consecuencia, désele entrada, tómese razón en los libros respectivos, fórmese expediente signándole el número JSA-2017-000386 (nomenclatura particular de este Juzgado), todo de conformidad con el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil. Asimismo, este Juzgado Superior Agrario, fija un lapso de tres (3) días de despacho siguientes al presente auto, a fin de decidir sobre la ADMISIBILIDAD del recurso propuesto, conforme a lo dispuesto en el artículo 161 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA,
DRA. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR
LA SECRETARIA,
ABG. CARMEN ELENA NÚÑEZ MIRANDA
EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000386
MCGS/CENM.