REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 11 de julio de 2017
Años 207º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, NAIRILEE MARÍA PEREIRA DE PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.248.978; domiciliada en la Calle 8, Sector Don Isaac, Andrés Eloy Blanco, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, y KARLA MARIANA REA VERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.355.237; domiciliada en la Calle 04, entre avenidas 4 y 5, Sector Centro San Pablo, Municipio Arístides Bastidas, Estado Yaracuy; este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana MARÍA DE LOURDES TORRELLAS PARRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-3.913.608; sobre unas mejoras descritas en la solicitud, y que por información desprendida del Informe Catastral emitido por la Alcaldía del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, consisten en unas bienhechurías sobre terreno propiedad Municipal, construida en un área de terreno que mide Doscientos Veinte Metros Cuadrados con Dos Centímetros (220,02 mts2) y un área de construcción tipo local de Ciento Cuarenta y Cinco Metros Cuadrados con Treinta y Siete Centímetros (145,37 mts2), ubicado en la Avenida Panamericana Vía Marín, Sector Rosa Inés 21, Parroquia San Felipe Jurisdicción del Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, la cual consiste en un (01) depósito y un (01) local construido con paredes de bloques, techo de platabanda, piso de cemento pulido, un (01) baño, dos (02) santas marías de hierro, totalmente cercada con paredes de bloques; encontrándose alinderado de la siguiente manera: Norte: Con Avenida Panamericana Vía Marín con 11,72 metros; Sur: Con Calle sin Nombre con 11,54 metros; Este: Casa y solar que es ó fue del Sr Juan Colmenarez con 18,05 metros; Oeste: Casa y Solar que es ó fue del Sr Lino López con 20,05 metros. Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.-
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro.
La Secretaria,
Abg. Gloria González.
En esta misma fecha, se devuelve a la parte interesada, original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles.
El Secretaria,
Abg. Gloria González.