REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE..
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 27 de junio de 2017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, ciudadanos: STONY WELKER GOMES VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.177.003, domiciliado en La Urbanización Santa Elena, calle Cascabel, Municipio Independencia del estado Yaracuy y WALLID JOSE LOPEZ MARTÍNEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.951.246, domiciliado en Urbanización Santa Elena, calle Cascabel, Municipio Independencia del estado Yaracuy. Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO de propiedad a favor del ciudadano DALMIT ALEJANDRO CASTELLANO BERRIS, sobre unas bienhechurías construidas en un área de Terreno propiedad Municipal, ubicado en Sector Santa Elena, calle 02, con callejón Cascabel, Jurisdicción del Municipio Independencia del estado Yaracuy. Dichas bienhechurías constan de una (01) vivienda con las siguientes características: paredes de bloques, una (01) sala, un (01) comedor, una (01) cocina, cinco (05) cuartos, tres (03) baños, dos (02) salones; Cuya área de terreno total es de TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS CON SETENTA Y DOS CENTIMETROS (346,72 Mtrs2) y un área total de construcción de DOSCIENTOS NUEVE METROS CUADRADOS CON SETENTA Y SIETE CENTIMETROS CUADRADOS (209,77 Mtrs2), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Casa que es o fue de Agueda De Roman. SUR: Casa que es o fue de Angela Del Valle Berris. ESTE: Organización Nacional Anti Droga (ONA). OESTE: Casa que es o fue de la Familia Moreno. El valor invertido es de DOS MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 2.000.000,00). Sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, conforme a lo establecido en el artículo 555 del Código Civil.
El Juez Provisorio, La Secretaria,
Abog. TRINO LA ROSA Abog. ERMILA RODRIGUEZ
En esta misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de diez (10) folios útiles, a la parte interesada.
La Secretaria,
Sol. N° 1539/lags.- Abog. ERMILA RODRÍGUEZ