REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 27 de Junio de 2017
Años: 207° y 158°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como la documentación que la acompañan y las declaraciones de los testigos debidamente juramentadas y presentadas por la parte interesada ciudadanos ANDERSON MIGUEL MELENDEZ JUAREZ venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro.V-20.320.627 domiciliado en la Comunidad de lambruschini tercer estacionamiento de la ciudad de Chivacoa del Municipio Bruzual estado Yaracuy y LUIS RAFAEL PINTO QUINTERO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de Identidad Nro. V-17.469.402, domiciliado en la Comunidad de Guatanquire, Municipio Bruzual del estado Yaracuy; Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley conforme a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor del ciudadano REINER WILFREDO PAZ venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº V-16.270.736, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre una bienhechuría que el solicitante dice poseer sobre un área de terreno Municipal que tiene una superficie de CIENTO SESENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON VEINTIDOS CENTIMETROS (167,22Mtrs2) con un área de construcción de CINCUENTA Y UN METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y DOS CENTIMETROS (51,52Mtrs2) ubicado en la calle 22 entre avenida 1 y avenida 2, sector Ezequiel Zamora , Chivacoa Municipio Bruzual estado Yaracuy; dicha bienhechuría consisten en Una (01) casa de habitación cuyas características son las siguientes: Tres (3) habitaciones, Un (01) baño, Una (01) sala de estar, paredes de bloques de cemento, piso liso de cemento, techo de zinc y Una (01) cocina- comedor. Cuyos linderos son los siguientes: NORTE: Casa y solar que es o fue de María Pérez en 1,90 m SUR: Calle 22 que es su frente en 6,17 m; ESTE: Casa y solar que es o fue de Lamberto Salazar en 33,40 m; OESTE: Casa y solar que es o fue de Mercedes Pérez en 31,78 m; según se evidencia en el CERTIFICADO DE BIENHECHURIAS, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, en fecha 03 de Mayo del año 2017. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada, este Tribunal ACUERDA darle salida y devolver lo actuado al solicitante. Déjese constancia en el libro diario. Se le asignó el Nº 4357/2017.

El Juez,

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario,

Abg. Edwin Godoy



Abg. EBA/EG/Yurianner.-