REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

San Felipe, veintisiete (27) de marzo de 2017
206° y 158°

EXPEDIENTE Nº: UP11-N-2014-000060

RECURRENTE: Maryury Yaneth Rojas Almerón, titular de la cedula de identidad Nro. 14.443.505.

APODERADO: Luís Eduardo Domínguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 20.918.

ACTO RECURRIDO: Acto administrativo contenido en la providencia administrativa N° 506/2014 dictada por la Inspectoría del Trabajo del estado Yaracuy en fecha 21-03-2014.

MOTIVO: Recurso contencioso administrativo de nulidad con medida cautelar de suspensión de efectos.

SENTENCIA: Interlocutoria.


Vista la diligencia de fecha 17 de marzo de 2.017 que riela al folio doscientos setenta y dos (272) del presente asunto, suscrita por el profesional del derecho Luis Dominguez, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 20.918, en nombre y representación de la ciudadana Maryury Yaneth Rojas Almerón, titular de la cedula de identidad Nro. 14.443.505, mediante la cual solicita a este Tribunal se sirva decretar la ejecución forzosa en la presente causa, visto que ha transcurrido el lapso establecido según auto de fecha 10/02/2017, para que la entidad de trabajo Instituto Autónomo para la Salud del estado Yaracuy (Prosalud), cumpla con la ejecución voluntaria de la sentencia de fecha 09/08/2016.
Ahora bien, de una revisión exhaustiva de las actas que componen el presente asunto, se pudo verificar que efectivamente fue decretado por auto de fecha 10 de febrero de 2.017, el cumplimiento voluntario de la referida sentencia definitivamente firme de fecha 09 de agosto de 2.016, sin que a la presente fecha conste en autos la propuesta del cumplimiento voluntario por parte de la entidad de trabajo Instituto Autónomo para la Salud del estado Yaracuy (Prosalud).
Por consiguiente, en virtud de lo antes expuesto y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide: De acuerdo a lo establecido en el ordinal 3° del artículo 110 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa administrativa y por remisión expresa los artículos 526 y 529 del Código de Procedimiento Civil, este tribunal Acuerda la ejecución forzosa de la sentencia de fecha 09/08/2016 dictada por el este Tribunal, para ello se le concede un lapso de treinta (30) días continuos, a partir de que conste en autos la práctica de la última notificación del tercer interviniente, para que cumpla con el reenganche de la trabajadora Maryury Yaneth Rojas Almerón, titular de la cedula de identidad Nro. 14.443.505, a su puesto de trabajo, con las mismas condiciones a las cuales se encontraba al momento del ilegal despido. En consecuencia, se ordena notificar al Instituto Autónomo para la Salud del estado Yaracuy (Prosalud) y a la Procuraduría General del Estado Yaracuy, anexándole copia certificada de la presente decisión.
Publíquese, regístrese y certifíquese la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy. En San Felipe, a los veintisiete (27) días del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017).
El Juez Temporal;



Abg. LUÍS EDUARDO LÓPEZ
El Secretario,

Abg. ROBERT SUÁREZ

En la misma fecha siendo las 11:20 de la mañana, se publicó y registró la anterior decisión, consignándose al expediente con el que se encuentra relacionada y se libró copia certificada, boleta y oficio.

El Secretario,

Abg. ROBERT SUÁREZ
LEL/RS/ajmendez
PIEZA UNICA
Hora de Emisión: 11:20 AM