REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO
República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy
San Felipe, Veinticuatro (24) de Marzo de 2017.
206° y 158°
ASUNTO: UP11-L-2014-000120.-
DE LA ADMISIÓN DE LAS PRUEBAS
Estando dentro del lapso procesal para el pronunciamiento respecto de la admisibilidad o no de las pruebas promovidas por las partes, este Tribunal a tenor de lo dispuesto en los artículos 69, 72 y 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo lo hace de la siguiente manera:
PARTE DEMANDANTE: (folios 93 y 94)
En cuanto a las pruebas documentales referentes al ciudadano CRUZ ANTONIO PERAZA, Marcada 1-A, Planilla de Cuenta individual del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (Folio 95); Marcada 1-B, Constancia de Trabajo expedida por el Instituto Autónomo de la Salud del Estado Yaracuy de fecha 31 de marzo del 2008 (Folio 96); Marcada 1-C, Constancia de Trabajo expedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 97); Marcada 1-D, Solicitud de Prestaciones en dinero hecha ante el Planilla de Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 98)
Con respecto a DOMINGO ANTONIO RODRIGUEZ CASTILLO: Marcada 2-A, Planilla de Cuenta individual del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 99); Marcada 2-B, Constancia de Trabajo expedida por el Instituto Autónomo de la Salud del Estado Yaracuy de fecha 31 de marzo del año 2008 (Folio 100); Marcada 2-C, Solicitud de Prestaciones en dinero hecha ante el Planilla de Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 101), Marcada 2-D, Correspondencia de fecha 25-09-2011, dirigida por DOMINGO ANTONIO RODRIGUEZ CASTILLO al Director de la Oficina Central del IVSS de San Felipe-Estado Yaracuy, (Folios 102 y 103); Marcada 2-E, Correspondencia de fecha 24-10-2011, dirigida por DOMINGO ANTONIO RODRIGUEZ CASTILLO al Presidente del IVSS, (Folios 104 y 105), Marcada 2-F, Correspondencia de fecha 21-06-2012, dirigida por DOMINGO ANTONIO RODRIGUEZ CASTILLO al Director de la Oficina Central del IVSS de San Felipe-Estado Yaracuy (Folios 106 y 107); Marcada 2-G, Correspondencia de fecha 05-09-2012, dirigida por DOMINGO ANTONIO RODRIGUEZ CASTILLO al Fiscal Superior del Estado Yaracuy, (Folios 108-114); Marcada 2-H, Correspondencia de fecha 10 de septiembre del año 2012, dirigida por DOMINGO ANTONIO RODRIGUEZ CASTILLO al Presidente de Prosalud (Instituto Autónomo de la Salud del Estado Yaracuy), (Folios 115 y 116),
Con respecto a ABIGAIL JOSE MARQUEZ COLMENARES: Marcada 3-A, Planilla de Cuenta individual del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 117); Marcada 3-B, Solicitud de Prestaciones en dinero hecha ante el Planilla de Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 118); Marcada 3-C, Registro de Asegurado expedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 119).
Con respecto a ROSA MARGARITA SALAS DE MEZA: Marcada 4-A, Planilla de Cuenta individual del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 120); Marcada 4-B, Constancia de Trabajo expedida por el Instituto Autónomo de la Salud del Estado Yaracuy de fecha 22 de marzo del año 2011, (Folio 121); Marcada 4-C, Constancia de Trabajo expedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales de fecha 06 de marzo del año 2013, (Folio 122); Marcada 4-D, Constancia de Trabajo expedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folios 123 y124).
Con respecto a MARIA JACINTA SIVIRA: Marcada 5-A, Planilla de Cuenta individual del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 125); Marcada 5-B, Constancia de Registro de Asegurado del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 126); Marcada 5-C, Solicitud de Prestaciones en dinero hecha ante el Planilla de Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 127).
Con respecto a JUAN PASTOR JUAREZ: Marcada 6-A, Planilla de Cuenta individual del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 1287); Marcada 6-B, Constancias de trabajo del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folios 129-135); Marcada 6-C, Solicitud de Prestaciones en dinero hecha ante el Planilla de Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, (Folio 136). Marcada 4-C, Constancia de Trabajo expedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales de fecha 26 de febrero del año 2013, (Folio 137). Este Tribunal las ADMITE salvo su apreciación en la sentencia definitiva, ello por no resultar su promoción manifiestamente ilegal o impertinente en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PARTE DEMANDADA: (folio 138 y su vuelto)
En cuanto a las pruebas documentales promovidas y relacionadas con: planillas emitidas por la pagina web del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (I.V.S.S), a nombre de los ciudadanos: DOMINGO ANTONIO RODRIGUEZ CASTILLO, ABIGAIL JOSE MARQUEZ COLMENARES, SEGUNDO JOSE RIVERO CAMACHO, ROSA MARGARITA SALAS DE MEZA, MARIA JACINTA SIVIRA y JUAN PASTOR JUAREZ, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 3.910.977, V-3.911.367, V-2.574.824, V-7.314.086, V-7.308.040 y V-4.474.050, respectivamente, marcadas “Anexos 01, 02, 03, 04, 05 y 06” (Folios 130); este Tribunal las ADMITE salvo su apreciación en la definitiva, ello por no resultar su promoción manifiestamente ilegal o impertinente en los términos de los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PARTE DEMANDADA SOLIDARIA: Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS) no hizo uso de su derecho a presentar pruebas. Así se establece.
Ahora bien, como quiera que los medios de prueba ofertados a priori son insuficientes para formar la convicción del Tribunal, este Juzgador a fin de formar tomar una decisión justa, a tenor de lo dispuesto en el artículo 71 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo ordena requerir prueba de informe a las siguientes instituciones:
-. INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I. V. S. S.) ubicado en la 4ta avenida entre calles 29 y 30 del Municipio Independencia del Estado Yaracuy, a los fines de que informe a la brevedad posible a este Juzgado sobre el siguiente particular: a) Mes y año en el que se le comenzó a pagar la pensión de vejes a los ciudadanos: Cruz Antonio Peraza, titular de la cedula de identidad Nº V-3.964.008, fecha de nacimiento 28-11-1951; Domingo Antonio Rodríguez Castillo, titular de la cedula de identidad Nº V-3.910.977, fecha de nacimiento 28-12-1950; Abigail José Márquez Colmenarez, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.911.367, fecha de nacimiento 05-04-1951; Rosa Margarita Salas Moreno, titular de la cedula de identidad Nº V-7.314.086, fecha de nacimiento 22-02-1956; Maria Jacinta Sivira, titular de la cedula de identidad Nº V-7.308.040, fecha de nacimiento 11-09-1957, Juan Pastor Juárez, titular de la cedula de identidad Nº V-4.474.050, fecha de nacimiento 2-03-1952, y remita copia certificadas de las actuaciones administrativas realizadas en pro del disfrute de la pensión de vejez.
-. SUPERINTENDENCIA DE BANCOS, en atención al Banco Bicentenario, a los fines de que informe como punto único: La fecha de apertura de la cuenta a favor de los ciudadanos: Juan Pastor Juárez, titular de la cedula de identidad Nº V-4.474.050 y Rosa Margarita Salas Moreno, titular de la cedula de identidad Nº V-7.314.086, con ocasión al otorgamiento de pensión de vejez concedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), remitiendo copia de los movimientos bancarios a la brevedad posible.
En atención al Banco Activo a los fines de que informe como punto único: La fecha de apertura de la cuenta a favor del ciudadano: Cruz Antonio Peraza, titular de la cedula de identidad Nº V-3.964.008, con ocasión al otorgamiento de pensión de vejez concedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), remitiendo copia de los movimientos bancarios a la brevedad posible.
En atención al Banco de Venezuela a los fines de que informe como punto único: La fecha de apertura de la cuenta a favor de los ciudadanos: Domingo Antonio Rodríguez Castillo, titular de la cedula de identidad Nº V-3.910.977 y Maria Jacinta Sivira, titular de la cedula de identidad Nº V-7.308.040, con ocasión al otorgamiento de pensión de vejez concedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), remitiendo copia de los movimientos bancarios a la brevedad posible.
En atención al Banco Fondocomun a los fines de que informe como punto único: La fecha de apertura de la cuenta a favor del ciudadano: Abigail José Márquez Colmenarez, titular de la cedula de identidad Nº V- 3.911.367, con ocasión al otorgamiento de pensión de vejez concedida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), remitiendo copia de los movimientos bancarios a la brevedad posible. Líbrese oficios. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez Temporal,
Abg. Rubén E. Arrieta Alvarado
La Secretaria;
Abg. Zaida Carolina Hernández.
ASUNTO: UP11-L-2014-000120
Pieza Única
REAA/LC/ZCH**
+DIOS Y FEDERACIÓN+