República Bolivariana de Venezuela
EN SU NOMBRE
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la
Circunscripción Judicial del
Estado Yaracuy
San Felipe, 03 de mayo de 2.017
Años: 207º y 158º
ASUNTO: UH11-X-2017-000007
ASUNTO PRINCIPAL: UP11-L-2010-000104.
Visto el escrito presentado en fecha 21 de febrero de 2017 por los abogados Josmir Jenedy Segura y José Domiciano Segura, inscritos en el I.P.S.A. bajo los números 145.144 y 95.580, respectivamente, debidamente asistidos por el profesional del derecho Audy Richard Piña Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 220.820, mediante el cual demandan por intimación y estimación de honorarios profesionales al ciudadano Richard Rafael Castillo Ugarte, titular de la cédula de identidad Nro. 7.587.521 y siendo competente este juzgado para conocer de la presente demanda. Ahora bien, por cuanto la misma no resulta evidentemente contraria al orden público, a las buenas costumbres y a norma legal expresa, se admite a sustanciación, en todo cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva.
En consecuencia, emplácese al ciudadano Richard Rafael Castillo Ugarte, titular de la cedula de identidad Nro. 7.587.521, domiciliado en el Caserío La Piedra en el Municipio Peña del estado Yaracuy, para que conteste o ejerza oposición al derecho alegado por la parte intimante, dentro de los diez (10) días de despacho, siguientes a que conste en autos la certificación de la secretaría del tribunal de la práctica de dicha intimación ordenada, o acogerse al derecho de retasa, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Abogados y con fundamento en la sentencia vinculante N° 1217 del 25.7.11, dictada por la Sala Constitucional de este Tribunal Supremo de Justicia. Asimismo, se le advierte a la intimada que de no comparecer en el lapso señalado se le nombrará un Defensor Ad-litem con quien se entenderá la intimación. Compúlsense el libelo, la presente decisión y su correspondiente auto de comparecencia, entréguese al Alguacil del Juzgado a fin de que practique la intimación ordenada.
La Jueza,
Elvira Chabareh Tabback
El Secretario;
Israel Schwarz
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.
El Secretario;
Israel Schwarz
|