REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, (01) de Noviembre del año (2017)
(207° y 158°)

EXPEDIENTE N° JSA-2016-000342

De la revisión minuciosa de las actas que conforman el presente expediente se constata que ha transcurrido íntegramente el lapso de suspensión a que hace referencia el artículo 108 Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República Bolivariana de Venezuela publicada en la Gaceta Extraordinaria N° 6.220 de fecha 15 de Marzo de 2016. En consecuencia con la finalidad de otorgar seguridad jurídicas a la partes, así como garantizar la tutela judicial efectiva preceptos consagrados en los artículos 26 y 49 de nuestra carta magna; este Juzgado Superior Agrario, informa a la partes intervinientes en la presente causa, que una vez conste en autos todas las notificaciones del Abocamiento de fecha (11/07/2017), y transcurrido como haya sido dichos lapsos, al día siguiente iniciara a transcurrir los lapsos establecidos en el artículo 163 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, a los fines de que procedan a oponerse al presente recurso contencioso administrativo de nulidad. Cúmplase.
LA JUEZ SUPERIOR,

DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR.

EL SECRETARIO TEMPORAL,

IRVING LEONARDO REYES.








EXPEDIENTE Nº JSA-2016-000342
MCSG/ILR/Richard Wormes