REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, veintiuno (21) de noviembre de (2017)
(207° y 158°)
EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000416
Por recibido en esta misma fecha (20/11/2017) Oficio número JPPA-0645/2017 de fecha (20/11/2017), emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia Agrario de esta Circunscripción Judicial, remitiendo adjunto expediente signado con el número A-0449 (nomenclatura llevada por ese Juzgado) conformado por dos (2) piezas como siguen: i) una (1) Pieza Principal constante de doscientos ochenta y cuatro (284) folios útiles; y ii) un (1) Cuaderno de Medida constante de ciento sesenta y seis (166) folios útiles, relativo a la ACCIÓN DE PARTICIÓN, LIQUIDACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE COMUNIDAD SUCESORAL DE BIENES, que sigue el ciudadano WILFREDO JULIÁN SÁNCHEZ HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad número V-12.278.004, contra los ciudadanos LOURDES ELENA OLMEDO VIUDA DE SÁNCHEZ, ALEIDA MARÍA SÁNCHEZ OLMEDO, JUAN CARLOS SÁNCHEZ OLMEDO y JOSEFINA ELENA SÁNCHEZ OLMEDO, titulares de las cédulas de identidad números V-2.241.768, V-4.126.910, V-5.457.471 y V-8.513939, respectivamente; en virtud de los RECURSOS DE APELACIONES ejercidos en fecha (16/11/2017) suscritos por el abogado Manuel de Jesús Aponte, Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 67.690, actuando en representación de la Parte Demandante, contra las Sentencias dictadas por el a quo en fecha (02/11/2017) en la Pieza Principal y en el Cuaderno de Medida, respectivamente. En consecuencia, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, le da ENTRADA por Secretaría, signándole el Nº JSA-2017-000416, de la nomenclatura particular de este despacho de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Código de Procedimiento Civil; fijando un lapso de ocho (8) días de despacho para promover y evacuar las pruebas permitidas en segunda instancia, conforme a lo establecido en el artículo 229 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario; vencido el referido lapso se celebrará al tercer (3er) día de despacho siguiente la Audiencia Oral de Informes a las (02:00 p.m.). Cúmplase.
LA JUEZ,
DRA. MARGARITA COROMOTO GARCÍA SALAZAR
EL SECRETARIO TEMPORAL,
ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ
EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000416
MCGS/ILRG/mp