REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 23 de noviembre del 2.017
Años: 207º y 158º
Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de las testigos hábiles presentadas por la parte interesada, ciudadana GARRANCHAN ARTEAGA YANETH YADECSY, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-13.179.204, domiciliada en el sector 2, Las Mercedes, calle 5, El Pantanal, municipio San Felipe, estado Yaracuy y la ciudadana GRIMAN ESPINOZA ALIDA JOSEFINA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-7.919.628, domiciliada en el sector 2, Las Mercedes, calle 2, El Pantanal, municipio San Felipe, estado Yaracuy, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano ALVARADO RUMBOS JOSÉ RAFAEL, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.279.682, debidamente asistido por el abogado TOVAR VEGAS CESAR ENRIQUE, Inpreabogado N° 117.462; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno propiedad del municipio, que mide DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO CON DOCE METROS CUADRADOS (241,12 mts2) y un área de construcción de CIENTO TREINTA Y UN CON CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS (131,52 mts2), ubicadas en la calle 05, sector Pantanal, Las Mercedes, municipio San Felipe, estado Yaracuy, las cuales consisten en una (01) casa de dos (02) plantas con paredes de bloques y piso de cemento, con las siguientes características en la planta baja, cerca ornamental al frente, porche, sala comedor, cocina, una (01) habitación con baño con todos sus accesorios, poceta y lavamanos, área de oficio, y en la planta alta, acceso por intermedio de una (01) escalera de concreto, tres (tres) habitaciones, techo de acerolit, y en toda el área electricidad interna y externa, instalaciones de aguas blancas y negras; y alinderadas de la siguiente manera: NORTE: casa y solar que es o fue de Maritza Galindez con 20,40 metros; SUR: terreno que es o fue de Margarita Melían con 20,40 metros; ESTE: calle 05 que es su frente con 12,50 metros y OESTE: casa y solar que es o fue de Aurelio Ramírez con 11,40 metros. Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense al solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Rangel
En la misma fecha, se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles.
La Secretaria Temporal,
Abg. Mayairy Rangel