REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA






TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA Y COCOROTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 09 de noviembre del 2.017
Años: 207º y 158º

Vista la solicitud que dio comienzo a este procedimiento, sus anexos y las declaraciones de las testigos hábiles presentadas por la parte interesada, ciudadano GARCÍA RIERA ISAEL SALVADOR, venezolano, mayor de edad, divorciado, titular de la cédula de identidad Nº V-13.095.692, domiciliado en la avenida Sucre entre calles 12 y 13, Cocorote, municipio Cocorote, estado Yaracuy y el ciudadano GIMÉNEZ RIVAS DANILO EUSEBIO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-8.514.709, domiciliado en la avenida Sucre entre calles 11 y 12, Cocorote, municipio Cocorote, estado Yaracuy, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficientes, para asegurar el derecho de propiedad, a favor de la ciudadana BORJAS DOMÍNGUEZ ISAINED DEL CARMEN, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.315.615, debidamente asistida por la abogada LAMAS PARACO DAYANA ALEGRIA, Inpreabogado N° 116.867; sobre las bienhechurías descritas en la solicitud, construidas sobre un área de terreno propiedad municipal, que mide CIEN CON SETENTA METROS CUADRADOS (100,70 mts2) y un área de construcción de CINCUENTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (59,59 mts2), ubicadas en la avenida 7 ó Sucre, entre calle 11 ó Democracia y calle 12 ó Campo Alegre, casa S/N, sector El Manguito, municipio Cocorote, estado Yaracuy, las cuales consisten en unas paredes de bloques frisadas, techo de acerolit, piso de cerámica y en el área de los cuartos terracota, puertas de hierro y ventanas con vidrios y sus respectivos protectores de hierro; constante de una (01) sala comedor, una (01) cocina, dos (02) cuartos con puertas de madera, un (01) baño, un (01) porche, (01) patio y un (01) lavandero; y alinderadas de la siguiente manera: NORTE: (9,00 m) con casa que es o fue de la Flia. Valenzuela; SUR: (8,45 m) con la avenida 7 o Sucre; ESTE: (12,70 m) con casa que es o fue de la Flia. Rivas y OESTE: (12,70 m) con casa que es o fue de la Flia. García. Se dejan a salvo los derechos de terceros.- Entréguense a la solicitante estas actuaciones en forma original, con sus resultas.
La Jueza Temporal,
Abg. María Elena Camacaro
La Secretaria Temporal,

Abg. Mayairy Rangel


En la misma fecha, se devuelve original con sus resultas, constante de ocho (08) folios útiles.

La Secretaria Temporal,

Abg. Mayairy Rangel.