REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, INDEPENDENCIA, COCOROTE, VEROES, SUCRE, LA TRINIDAD, BOLÍVAR Y MANUEL MONGE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.
San Felipe, 11 de Octubre de 2017.
Años: 207° y 158°

Vista la solicitud que encabeza estas actuaciones, y practicada la Inspección Judicial en fecha (11) de Octubre de 2017, así como las declaraciones de los testigos presentados por la parte interesada, los ciudadanos: MANUEL VICENTE CLISANCHEZ ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.767.466, domiciliado en el Sector Charaguao, parroquia capital San Felipe, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, y JOSE HIPOLITO HERNANDEZ MENDOZA, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.370.549, domiciliado en el Sector Charaguao, parroquia capital San Felipe, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy. Este Tribunal Primero de Primera Instancia Agraria de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote, Sucre, La Trinidad, Veroes, Bolívar y Manuel Monge de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 197 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Ordinal Quince en concordancia con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y con lo previsto en el Artículo 555 del Código Civil; DECRETA las presentes actuaciones TÍTULO SUPLETORIO suficiente, para asegurar el derecho de propiedad, a favor del ciudadano LUIS ALONSO CONTRERAS ROJAS venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-8.249.925, debidamente asistido por el abogado OSMONDY CASTILLO SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Impreabogado bajo el Nº:56.246, TÍTULO SUPLETORIO QUE SE DECRETA SOBRE LAS BIENHECHURÍAS ampliamente descritas en el acta de Inspección Judicial efectuada por este Tribunal, construidas en un lote de terreno municipal, constante de una superficie de nueve hectáreas con siete mil novecientos cuarenta y un metros al cuadrado (9has con 7.941M2), aproximadamente, ubicado en el Sector Charaguao, parroquia capital San Felipe, Municipio San Felipe del Estado Yaracuy, alinderado de la siguiente manera: NORTE: Vialidad agrícola, terrenos ocupados por la ciudadana Adela Morillo, Víctor Cedeño y René Arcia. SUR: Rio Yurubí, vialidad agrícola, terrenos ocupados por Vicente Caruci y Elba Guedez. ESTE: Terrenos ocupados por Adela Morillo, Víctor Cedeño y Vicente Caruci y OESTE: Rio Yurubí. Se dejan a salvo los derechos de terceros. Asimismo, se ordena entregar al solicitante antes mencionado, estas actuaciones con sus resulta en original, dejando copias certificadas en el archivo del Tribunal.
EL JUEZ PROVISORIO,


ABG. JESUS LEONARDO QUINTERO. EL SECRETARIO,

ABG. CARLOS MUJICA

En esta misma fecha, se cumplió lo ordenado en el auto que antecede, se devuelve original con sus resultas a la parte interesada, constante de sus folios útiles.

EL SECRETARIO,

ABG. CARLOS MUJICA
S-0867