REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL.

TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BRUZUAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY.

Chivacoa, 26 de septiembre de 2017
Años: 207° y 158°

Vista la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, así como la documentación que la acompañan y las declaraciones de los testigos debidamente juramentadas y presentados por la parte interesada, ciudadano DANNIS GRACIELA GRANDA MARIN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 12.726.772, domiciliada San Ramón calle Rosa Mística, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy y SUHAYR VICTORIA BRACHO GARAY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. V- 13.695.586, domiciliado San Ramón Calle Testigos Jehová, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy. Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley conforme a lo previsto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: MARY LISETH SUAREZ, venezolana, titular de la cedula de identidad V- 10.855.969, de este domicilio, sin perjuicios de terceros de iguales o mejores derechos sobre unas bienhechurías que los solicitantes dicen poseer sobre un área terreno municipal, que tiene una superficie de DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON NOVENTA CENTIMETROS (249.90Mtrs2) en un área de construcción CUARENTA Y OCHO METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y UN CENTIMETROS (48.51Mtrs2), ubicado en LA CALLE 4 ENTRE CALLE 3 Y 6 Los Bolivarianos, Chivacoa Municipio Bruzual Estado Yaracuy; Con las siguientes características consistente: Una (01) casa en construcción, construida la casa con paredes de bloques rustico, sin techo, piso de cemento rustico, distribuido de la siguiente manera: una (01) sala, una (01) cocina y do (02) habitaciones, cercada dichas bienhechuría con paredes de bloques, alinderadas de la siguiente manera: NORTE: casa 4 su frente 10.50ml , SUR: casa que es o fue de José Rojas, con 10.50 ml, ESTE: casa que es o fue Arelis Sánchez con 23.80 ml, OESTE: casa que es o fue de Elibardo Fernández 23.80 ml, según se evidencia en CERTIFICADO DE BIENHECHURÍA, emitido por la Dirección de Catastro del Municipio Bruzual del estado Yaracuy, en fecha 19 de julio del 2017. Devuélvase original con sus resulta a la parte interesada, este tribunal ACUERDA darle salida y devolver lo actuado al solicitante. Déjese constancia en el libro diario. Se le asigno el número 4425-17.-
El Juez

Abg. EFRAÍN BALLESTER ACOSTA

El Secretario,

Abg. EDWIN GODOY.