REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY

ACTA DE AUDIENCIA
ASUNTO Nº UP11-L-2012-000363
Años: 207º y 159º

En el día de hoy, Viernes trece (13) de Abril del año dos mil dieciocho (2018), siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral y pública con motivo de la pretensión por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano HONORIO JORDAN, JOSE ROJAS Y VICTOR FERRER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.558.402,7.906.965 y 7.584.946, respectivamente, CONTRA LA COMISION LIQUIDADORA DEL INSTITUTO AUTONOMO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY) y solidariamente a la GOBERNACION DEL ESTADO YARACUY, en la persona del ciudadano gobernador del estado Yaracuy.
Anunciado como fuera el acto a las puertas del Tribunal, se deja expresa constancia de la presencia de la parte demandante, representado por el profesional del derecho ZAFIRO NAVAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.555 y por la parte demandada representada en este acto por el profesional del derecho MANUEL MUÑOZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro.85.939.
Seguidamente, se declara constituido el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, con la presencia de la ciudadana Jueza Abogada ANNIELY ELÍAS CORONA, la Secretaria YANITZA SANCHEZ y el Alguacil/Técnico Audiovisual ARTURO OVIEDO por lo que se da inicio a la presente audiencia.
Seguidamente, se concedió el derecho de palabra a la parte demandante representado por el profesional del derecho, ya identificado, quien expuso los fundamentos en los que se basa la pretensión, una vez concluida su intervención se concedió derecho de palabra a la representación de la parte demandada, quien expuso los argumentos de su defensa. Hubo réplica y contra réplica.
Seguidamente, se procedió a la evacuación de las pruebas aportadas al proceso por las partes:
PARTE DEMANDANTE:
Prueba documental:
- Constancia de trabajo, marcados “CT”, (folio 98); La representación Judicial de la parte demandada las impugna y desconoce por ser copia simple. La representación de la parte demandante, insiste en su valor probatorio.
- Recibos de pago, marcados “RP” (folios 105 al 114); La representación Judicial de la parte demandada las impugna y desconoce por ser copia simple, los folios 105 y 114. La representación de la parte demandante, insiste en su valor probatorio.
- Antecedentes de servicios, marcados “AS” (folios 115 al 116); La representación Judicial de la parte demandada las impugna y desconoce por ser copia simple. La representación de la parte demandante, insiste en su valor probatorio.
- Comunicaciones de despido, marcadas “CD” (folios 99 al 104), Sin Observación
Prueba de informe
- Inspectoría del Trabajo del estado Yaracuy, FOLIO 144, PIEZA03, Sin Observación
- Sub-inspectoria del Trabajo en Yaritagua FOLIO 197, PIEZA 03, Sin Observación
- Instituto venezolano de los seguros sociales (folios 205 al 212, pieza Nro. 1) Sin Observación
Prueba de exhibición relativas a los trabajadores al servicio de la comisión liquidadora de Instituto Autónomo de Vialidad y Transporte del estado Yaracuy (INVITY): i) Nóminas de pago de Antigüedad 108, ii) nóminas de pago de intereses del 108, iii) nóminas de pago de indemnización del 125, iv) nóminas de pago de vacaciones y el libro de disfrute de vacaciones, v) nóminas de pago de bono vacacional, vi) nóminas de pago de bonificación de fin de año, vii) nóminas de pago de beneficio alimentario, viii) nóminas de pago de salario. La representación de la parte demandada, no realizo la exhibición de los documentos, La representación de la parte demandante solicita la aplicación de la consecuencia de la no exhibición de los documentos solicitados. Y la parte demandada insiste que la actora ha debido acompañar copias de los documentos solicitados a exhibir.

PARTE DEMANDADA
Prueba documental (TODOS EN LA PIEZA 01).
- Notificaciones de la supresión del Instituto INVITY de fecha 01/07/2011, marcados “C” (folios 135 al 140); Sin observación.
- Cálculo de las prestaciones sociales suscrita por la comisión liquidadora del instituto, marcados “D” (folio 141); La representación de la parte demandante indica que no fueron canceladas la prestaciones sociales.
- Copia simple de la liquidación del FIDEICOMISO, marcado “D1” (folio 142); La representación de la parte demandante las impugna por ser copia y no demostrar nada al proceso. La representación judicial de la parte demandada insiste en su valor probatorio.
- Solicitud de aumento de la obligación de manutención marcados, “D2” (folios 143 al 148); La representación de la parte demandante las impugna por ser copia y no demostrar nada al proceso. La representación judicial de la parte demandada insiste en su valor probatorio.
- Copia simple del cheque Nro. 00090124 Banco Provincial, marcado “D3” (folio 149); La representación de la parte demandante las impugna por ser copia y no demostrar nada al proceso. La representación judicial de la parte demandada insiste en su valor probatorio.
- Copia simple de la liquidación de fideicomiso, marcada “D4” (folio 150); La representación de la parte demandante las impugna por ser copia y no demostrar nada al proceso. La representación judicial de la parte demandada insiste en su valor probatorio.
- Comprobante de liquidación de fecha 19-07-2011, marcado “D5” (folio 151); La representación de la parte demandante las impugna por ser copia y no demostrar nada al proceso. La representación judicial de la parte demandada insiste en su valor probatorio.
- Copia simple de cheque Nro. 00090280 Banco Provincial de fecha 29-08-2011, marcado “D6” (folio 152); La representación de la parte demandante las impugna por ser copia y no demostrar nada al proceso. La representación judicial de la parte demandada insiste en su valor probatorio.
- Copia simple de la liquidación de fideicomiso, marcada “D7” (folio 153); La representación de la parte demandante las impugna por ser copia y no demostrar nada al proceso. La representación judicial de la parte demandada insiste en su valor probatorio.
Comprobante de liquidación de fecha 19-07-2011, marcado “D8” (folio 154); La representación de la parte demandante las impugna por ser copia y no demostrar nada al proceso. La representación judicial de la parte demandada insiste en su valor probatorio.
- Copia simple del aviso publicado en prensa en fecha 21-09-2011, marcado “E” (folio 155); La representación de la parte demandante las impugna por ser copia y no demostrar nada al proceso. La representación judicial de la parte demandada insiste en su valor probatorio.
- Copia simple de la providencia administrativa Nro. Y-071 Y Nro. y-070, marcado “G” (folios 158 al 173), Sin Observación.

Prueba de informe
- Ministerio del Trabajo hoy Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social, Coordinación Zona Centro occidental, Sub-inspectoria del Trabajo en Yaritagua, folio 197 de la pieza 03. Sin observación.
- Banco Provincial – Agencia San Felipe (folio 4 al 195, pieza Nro. 2 y 3 al 142, pieza Nro. 3). La representación de la parte demandante las impugna por ser copia y no demostrar nada al proceso. La representación judicial de la parte demandada insiste en su valor probatorio, por ser emitido por una entidad bancaria.

- Juez del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy (folios 230 y 231, pieza Nro. 1). La representación de la parte demandante las impugna por ser copia y no demostrar nada al proceso. La parte demandada no insistió.
Seguidamente, las partes realizaron sus respectivas conclusiones.
Evacuadas las pruebas, este Tribunal se retira de la sala y se reserva el lapso de sesenta (60) minutos para dictar el dispositivo de la sentencia correspondiente.
En este estado, este Tribunal procede a dictar el dispositivo del fallo, el cual es del siguiente tenor: En virtud de las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano HONORIO JORDAN, JOSE ROJAS Y VICTOR FERRER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 7.558.402, 7.906.965, 7.584.946, respectivamente CONTRA LA COMISION LIQUIDADORA DEL INSTITUTO AUTONOMO DE VIALIDAD Y TRANSPORTE DEL ESTADO YARACUY (INVITY) y solidariamente a la GOBERNACION DEL ESTADO YARACUY, en la persona del ciudadano Gobernador del estado Yaracuy. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas. TERCERO: El Tribunal se reserva el lapso establecido en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo para la publicación del texto íntegro de la sentencia. CUARTO: Se deja constancia que la audiencia se reprodujo en forma audiovisual.
La Jueza,

ABG. ANNIELY ELIAS CORONA
PARTE DEMANDADA:
LA PARTE DEMANDANTE



ABG. ZAFIRO NAVAS

ABG. MANUEL MUÑOZ


LA SECRETARIA,

ABG. YANITZA SANCHEZ

El Técnico Audiovisual/
Alguacil

ARTURO OVIEDO