REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, dieciséis (16) de abril de (2018)
(207° y 159°)

EXPEDIENTE Nº JSA-2016-000321
Cuaderno de Medida

Vista la diligencia presentada en fecha (13/04/2018) por la ciudadana YUVERI JOSEFINA SILVA OROPEZA, identificada en autos, solicitante de la medida, debidamente asistida por el abogado Carlos Remolina Ventura, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 126.579, Defensor Público Provisorio Segundo (2°) con competencia en materia agraria, mediante la cual expone: “…que en fecha 10-4-2018 fuimos objeto de actos vandálicos en mi predio donde sufrí daños en los sembradíos y cultivos, concretamente destrozaron una parte significativa de las matas y además, se aprovecharon de la cosecha… que la ciudadana Brígida Blas me denunció a mis hermanos y a mi ante la Estación Policial de Guama, municipio Sucre del estado Yaracuy, en donde el comandante Juvenal Piña, nos atendió y dicho funcionario bajo coacción, amenaza e intimidación con privarnos de la libertad nos exigió abandonar y/o desalojar las tierras donde realizamos trabajo del campo. Ante tales circunstancias y visto que ese tribunal superior el día 30-9-2016 dictó a mi favor una medida preventiva de protección agroalimentaria, solicito a ese órgano jurisdiccional con el debido respeto proceda a notificar dicha medida a las autoridades e instituciones correspondientes, así como también al Comandante del citado órgano policial. Por último, solicito se expidan las copias certificadas conducentes que se han de acompañar con dichas notificaciones…”; en consecuencia, este Juzgado Superior Agrario, acuerda lo solicitado y ordena Oficiar al Alcalde del Municipio Sucre del estado Yaracuy, al Presidente de la Cámara Municipal del Municipio Sucre del estado Yaracuy, al Síndico-Procurador del Municipio Sucre del estado Yaracuy y al Comandante de la Estación Policial del Municipio Sucre del estado Yaracuy, a fin de notificarles de la decisión dictada por este Tribunal Superior en fecha (30/09/2016), anexando adjunto a los referidos Oficios copia certificada de dicha decisión; asimismo, ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitada. En tal sentido, para la elaboración de los fotostatos requeridos se comisiona amplia y suficientemente al ciudadano Luís Eduardo Sánchez Álvarez, titular de la cedula de identidad número V-17.678.880, en su carácter de Alguacil Temporal de este Juzgado Superior, quien deberá suscribir conjuntamente con el Secretario todas y cada una de sus páginas. Ello a tenor de lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPERIOR,


DRA. MARGARITA GARCÍA SALAZAR
EL SECRETARIO,


ABG. IRVING LEONARDO REYES GONZÁLEZ


EXPEDIENTE Nº JSA-2016-000321
CUADERNO DE MEDIDA
MCGS/ILRG/mp