REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, Viernes, veinte (20) de abril del año (2018)
(208° y 159°)

EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000400

De la revisión de las actas procesales que conforman el presente Expediente se evidencia que al Folio (202) – Pieza N° 1, riela diligencia de fecha (18/04/2018), presentada por la Ciudadana Prudencia del Carmen Ramírez Vásquez, suficientemente identificada en autos, en representación del Ciudadano Juan Pablo Ramírez Vásquez, igualmente identificado en autos, (Tercero Interesado), debidamente asistida por el Abogado NEIL ALDRIN JOSÉ VILORIA MATHEUS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-10.395.627, e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 218.086; y en la cual manifiesta como sigue; “…a fin de solicitar nueva oportunidad para la declaración de los testigos, según lo establece el artículo 483…(sic)…ya que por motivos de fuerza mayor no pudieron asistir en la hora y fecha fijada por este Tribunal. Es todo…”. En tal sentido, visto lo peticionado por la Ciudadana Prudencia del Carmen Ramírez Vásquez, identificada en autos, debidamente asistida y estando la Causa a la presente fecha (20/04/2018), dentro lapso legal de Evacuación de Pruebas, este Juzgado Superior Agrario ACUERDA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 483 del Código de Procedimiento Civil, nueva oportunidad para la evacuación de los testigos; la cual tendrá lugar al Tercer 3er día de Despacho Siguiente al de hoy (Exclusive), en el siguiente orden: El ciudadano Denny Rafael Rivero Rodríguez, venezolano, mayor de edad, agricultor, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad N° V-11.274.388, domiciliado en Chivacoa Municipio Bruzual del Estado Yaracuy en la calle 15 entre Avenidas 11 y 12 Sector Pozo Nuevo, a las Nueve y cero minutos de la mañana (09:00 a.m.); el Ciudadano Ángel Gabriel Guedez Abreu, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, comerciante, agricultor, titular de la cédula de identidad N° V-7.578.741, Presidente de la Asociación Maicera Agrícola Pecuaria Bolivariana “Los Revolucionarios”, domiciliado en el Ceibal, parcela 76, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, a las Nueva y Treinta minutos de la mañana (09:30 a.m.) y el Ciudadano Nelson José Merlo, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, comerciante, agricultor, titular de la cédula de identidad N° V-12.726.848, domiciliado en la Avenida 3 con calle 12, C Chivacoa, Municipio Bruzual del Estado Yaracuy, a las Diez y cero minutos de la mañana (10:00 a.m.); por lo que corresponderá a la parte promovente trasladar a dichos testigos a fin de ser evacuados por ante este Juzgado de conformidad con lo establecido en el artículo 483 del Código Civil Venezolano. Cúmplase.-
LA JUEZA SUPERIOR,
Dra. MARGARITA COROMOTO SALAZAR GARCÍA.

El SECRETARIO,
Abg. IRVING LEONARDO REYES.



EXPEDIENTE Nº JSA-2017-000400
MCSG/ILR/Rw.