REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY
San Felipe, 09 de abril de 2018.
Años: 207º y 158º

ASUNTO: UP11-J-2018-000167

PARTE SOLICITANTE: Ciudadana SUYIN SIKIU BECERRA, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.283.888, en su carácter de tía materna y representante legal de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacida en fecha 11 de septiembre de 2000 de diecisiete (17) años de edad y (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacido en fecha 12 de agosto de 2002, de quince (15) años de edad, asistida por la abogada YAMILET NORELIS MORGADO BEAMONT, en su carácter de DEFENSORA PUBLICA SEGUNDA, DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL.

MOTIVO: AUTORIZACIÓN DE COBRO DE BENEFICIO.

En fecha 14 de marzo de 2018, fue admitida por este Tribunal, la solicitud interpuesta por la ciudadana SUYIN SIKIU BECERRA, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.283.888, en su carácter de tía materna y representante legal de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA) nacida en fecha 11 de septiembre de 2000 de diecisiete (17) años de edad y (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacido en fecha 12 de agosto de 2002, de quince (15) años de edad, asistida por la abogada YAMILET NORELIS MORGADO BEAMONT, en su carácter de DEFENSORA PUBLICA SEGUNDA, DE ESTA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL y con competencia en materia del Sistema de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Siendo la oportunidad para la celebración de la audiencia de evacuación de pruebas, se evacuaron las mismas y se dictó el dispositivo oral.
Revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto, esta Juzgadora observa:
1) Copia certificada del Acta de nacimiento del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA) nacido en fecha 12 de agosto de 2002, de quince (15) años de edad, cursante al folio 6 del expediente, cuya pertinencia y utilidad de la prueba, es demostrar la filiación con el adolescente y la de cujus LISBETH MARIELA BECERRA. 2) Copia Certificada de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacida en fecha 11 de septiembre de 2000 de diecisiete (17) años de edad, cursante al folio 7 del expediente, cuya pertinencia y utilidad de la prueba, es demostrar la filiación con la adolescente y la de cujus LISBETH MARIELA BECERRA. 3) Acta de Defunción de la ciudadana LISBETH MARIELA BECERRA, quien falleció e fecha 18 de noviembre de 2017, cursante a los folio 8 del expediente. 4) Certificada del ASUNTO N° UP41-J-2017-001005, de TITULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, Expedida por el Tribunal Cuarto de Mediación Sustanciación y Ejecución de Protección al Niño, Niña y Adolescentes esta circunscripción Judicial, cursante a los folios del 9 al 11 del expediente, cuya necesidad y pertenencia de la prueba es a fin de demostrar los herederos del de cujus.
Visto que se cumplieron los requisitos de procedencia de la presente solicitud, este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: Conceder AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana SUYIN SIKIU BECERRA, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.283.888, en su carácter de tía materna y representante legal de los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacida en fecha 11 de septiembre de 2000 de diecisiete (17) años de edad y (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacido en fecha 12 de agosto de 2002, de quince (15) años de edad, para que proceda a realizar los trámites correspondiente por ante los organismos correspondientes para el cobro de Prestaciones Sociales, cuentas bancarias, seguros de vida, seguro social, Monte Pío, Ahorro habitacional, pólizas de seguro, así como cualquier otro beneficio o prestación que por su relación laboral, tales como Fideicomiso, caja de ahorros, seguro de vida, pensión de sobreviviente, que le corresponden a los adolescentes (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacida en fecha 11 de septiembre de 2000 de diecisiete (17) años de edad y (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA), nacido en fecha 12 de agosto de 2002, de quince (15) años de edad, con motivo del fallecimiento de su madre la ciudadana LISBETH MARIELA BECERRA, quien en vida era titular de la cédula de identidad N° 12.076.339, fallecida en fecha 18 de noviembre de 2017, quien se desempeñaba como Secretaria adscrita al Ministerio del Poder Popular para la Educación, debiéndose remitir a este Circuito Judicial de protección de Niños, niñas y Adolescentes del estado Yaracuy, CHEQUE DE GERENCIA, por la cantidad que le corresponda a la adolescente de autos a los fines de abrir cuenta de ahorro a su nombre.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy. En San Felipe, a los nueve (09) días del mes de abril de 2018. Años: 207° de la Independencia y 158° de la Federación.
La Jueza Temporal,


Abg. WENDY BETANCOURT CHIRINO
La Secretaria,


Abg. ANGELA MATA

En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia, siendo las 12:00 m., se cumplió con lo ordenado. La Secretaria,


Abg. ANGELA MATA





ASUNTO: UP11-J-2018-000167